El juzgado que investiga las causas del descarrilamiento del tren Alvia el pasado 24 de julio en Santiago, en el que murieron ochenta personas, ha reprochado al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) que pusiera en riesgo la vida de los usuarios de la línea por "fines lucrativos".
En un auto el juzgado de instrucción cuestiona los cambios en los controles de velocidad de los trenes por parte de Adif y señala que "la transformación de esa línea de alta velocidad en la nueva línea, parece haber supuesto para la sociedad tan sólo un beneficio menor que no ampararía o justificaría aquel incremento del riesgo".
Añade que "la única utilidad que obtuvo la sociedad con aquella decisión ha sido el ahorro de unos minutos de viaje entre Ourense y Santiago, como contrapartida a un importante aumento del riesgo para la vida de los cientos o miles de personas que utilizan la línea cada día". De esta forma cuestiona la decisión de "eliminar el sistema ERTMS" que conlleva un método automático de frenado en caso de que el tren supere el límite de velocidad, en la zona del accidente, y de implantar, en cambio, el sistema ASFA, que "no avisa al maquinista del cambio o reducción de velocidad de 200 a 80 kilómetros por hora".
El tren Alvia, que efectuaba el recorrido entre Madrid y Ferrol con más de doscientos pasajeros a bordo, descarriló en una curva próxima a Santiago de Compostela cuando circulaba a 190 kilómetros por hora en ese tramo en que estaba limitada la velocidad a 80 kilómetros por hora. El magistrado cuestiona así la "presunción de comportamiento contrario al cuidado debido o de comportamiento sospechoso de criminalidad". Subraya que la "decisión de los responsables de Adif de reformar y convertir una línea de alta velocidad en una línea asimilada se consideró, desde los momentos iniciales de la investigación, sospechosa de una imprudencia punible por cuanto conllevó un previsible incremento del riesgo en la circulación".
El maquinista Francisco José Garzón Amo, que frenó sólo unos segundos antes del descarrilamiento, es el único imputado en la investigación de las causas del accidente. El juzgado señala que si Adif acordó las modificaciones, no se puede imputar "de forma exclusiva y excluyente, al maquinista", ya que advierte que esos cambios parecen haber contribuido a "incrementar el riesgo para los usuarios de la vía".
El auto añade que la modificación del proyecto original de la línea Ourense-Santiago de Compostela pasando de la idea inicial de una vía en ancho universal (UIC) a ancho ibérico para luego transformarla en ancho UIC afectó a las instalaciones de señalización y seguridad.