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Ultraje a la bandera

Los ultrajes a la bandera de España no están amparados por la libertad de expresión, según dicta el Constitucional

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha resuelto por mayoría y partido por la mitad que los ultrajes a la bandera de España no están amparados por la libertad de expresión.

El Tribunal Constitucional ha aprobado que los ultrajes a la bandera de España no están amparados por la libertad de expresión. Responde así al recurso de un sindicalista que fue condenado por quemar la bandera.

Fuentes del tribunal de garantías han adelantado el fallo de la sentencia que desestima el recurso de amparo presentado por Pablo Fragoso, dirigente de la Confederación Intersindical Galega (CIG), que instó a quemar la "puta bandera" de España, durante una manifestación ante el Arsenal Militar de Ferrol (A Coruña) en 2014.

Con seis votos a favor y cinco en contra, el tribunal ha aprobado una sentencia que arrastra polémica dado que, hace dos semanas, el pleno rechazó una ponencia, impulsada por el conservador Andrés Ollero, que proponía absolver al sindicalista.

El TC respalda esa condena al señalar que las expresiones fueron innecesarias para las reivindicaciones salariales que Fragoso, como representante del sindicato estaba defendiendo y, además, no guardaban relación con dichas reivindicaciones.

Por ello, el tribunal entiende que dichas expresiones fueron realizadas al margen y sin el amparo de los derechos fundamentales invocados, por lo que rechaza que se hayan vulnerado las libertades de expresión e ideológica del sindicalista, quien siempre ha negado que dijera eso y sostiene que todo fue "una invención del almirante" jefe del Arsenal Militar.