Guardia Civil
Los miembros de la Guardia Civil podrán llevar tatuajes visibles con uniforme
Por primera vez se permitirá que los agentes de la Guardia Civil lleven tatuajes visibles con el uniforme. Se prohíben las argollas, espigas e inserciones, tanto para el personal femenino como masculino, así como la utilización indebida del uniforme en redes sociales.
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El Gobierno ha aprobado este martes un Real Decreto para regular el uso del uniforme en la Guardia Civilque por primera vez autoriza que los agentes del cuerpo lleven tatuajes visibles, siempre y cuando no contengan expresiones contra los valores constitucionales o que incumplan la disciplina o imagen del cuerpo policial.
El texto, que ha recibido el visto bueno delConsejo de Ministros, prohíbe las espigas, argollas, inserciones o similares que no estén consignados al uso de pendientes cuando sean visibles al llevar el uniforme, en el caso tanto de hombres como de mujeres.
El Real Decreto se aplicará al personal del cuerpo, a los retirados, al alumnado y de la misma forma en personas ajenas a la Guardia Civil a las que se les autorice ''de forma expresa y excepcionalmente'' a usar el uniforme o réplicas de ello para representaciones u otras actividades sociales o culturales. Según la Dirección General de la Guardia Civil en su comunicado, ''se aplicará a los procesos selectivos 2021/2022 para el ingreso en el cuerpo''.
Prohibiciones
El Real Decreto controla asimismo cuándo los guardias no deberán hacer uso del uniforme, con una referencia a su empleo en redes sociales, actos publicitarios o medios de comunicación sin autorización expresa.
También prohíbe con carácter general a todas las personas ajenas al cuerpo no autorizadas a hacer uso ''público e indebido'' en cualquier medio del uniforme, sus emblemas, insignias y condecoraciones oficiales ''que puedan generar engaño acerca de la condición de quien los use''.
Será desarrollado en una orden ministerial posterior y queda prohibida la donación o compraventa entre particulares o fuera de los establecimientos comerciales autorizados de cualquier parte o accesorio del uniforme.
Los establecimientos autorizados para su comercialización tendrán que solicitar al demandante el documento que acredite su condición de miembro del cuerpo. En el caso de tratarse de una demanda a distancia y no se puede comprobar, se enviará el material solicitado a una dependencia oficial de la Guardia Civil.
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