Begoña Gómez

¿Qué derechos tiene Pedro Sánchez en su declaración por el caso Begoña Gómez?

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, está llamado a declarar ante el juez en calidad de testigo por el caso Begoña Gómez, su mujer, pero ¿está obligado a declarar?

Pedro Sánchez junto a Begoña Gómez en un mitin del PSOE en Benalmádena

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El caso de Begoña Gómez no para de crecer y, en última instancia, el juez que lleva el caso donde se investiga un presunto tráfico de influencias, ha citado a declarar como testigo al presidentes del Gobierno y marido de la investigada, Pedro Sánchez. Esto llega después de una petición de Vox. Pero ante esto, ¿qué posibilidades tiene el presidente de no declarar?, ¿cuáles son sus derechos?

El presidente está llamado a declarar en calidad de testigo y no como su cargo de presidente del Gobierno. Está citado el día 30 de julio a las 11:00 horas y se hará bajo la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Bajo esta ley, será el magistrado quien acuda a Moncloa para poder tomar declaración a Sánchez.

¿Puede negarse a declarar?

Esta ley, en su artículo 412 permite no acudir al llamamiento del juez si la declaración estuviese relacionada con su cargo. Es decir, en la misma ley se especifica que no están obligados a recibir al juez los miembros de la Familia Real, Presidente y miembros de Gobierno. O bien, podrían testificar por escrito. Sin embargo, la declaración no está relacionada con su cargo como Presidente, sino que declarará en calidad de testigo como marido de la investigada. El juez ha entendido que el presidente no habría tenido conocimiento de estos hechos por razón de su cargo. Por lo que, en este caso, sí que tendría que recibir al juez en Moncloa.

Sí que es cierto que, según indica esta ley, el testigo puede negarse a declarar en contra de, en este caso, su cónyuge. Esto lo dice la ley en el párrafo que indica que "están dispensados de la obligación de declarar los parientes del procesado en líneas directas, ascendente o descendente, su cónyuge o persona unida por relación de hecho análoga a la matrimonial, sus hermanos consanguíneos o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el segundo grado civil".

Es por eso que Peinado tendrá que ser recibido por Sánchez, pero el presidente puede negarse a declarar en contra de la investigada. "El juez instructor advertirá al testigo que no tiene obligación de declarar en contra del procesado; pero que puede hacer las manifestaciones que considere oportunas".

Si Pedro Sánchez se niega a recibir a Peinado en Moncloa, "o a declarar cuanto sepa sobre lo que es el preguntado respecto a los hechos del sumario", esto se podrá poner en conocimiento del Ministerio Fiscal, según recoge el artículo de la ley anteriormente mencionado.

Así será la declaración

Como se ha dicho anteriormente, la declaración prestada por Pedro Sánchez tendrá lugar en Moncloa y ya se ha ordenado instalar todo lo necesario a nivel electrónico para poderla llevar a cabo. El próximo martes ya estará todo preparado en el despacho de Sánchez. Un día antes varios informáticos habrán instalados todo lo necesario para grabar la declaración del presidente.

En esta declaración se pretenden esclarecer los hechos que involucran a la mujer del presidente y al empresario Juan Carlos Barrabés. Una situación inédita con la que el magistrado pretende aclarar las dos reuniones que el empresario reconoció haber tenido con Sánchez. Al menos una de ellas con Gómez presente. De hecho, tras esa declaración el juez cambió la condición de testigo de Barrabés a la de investigado.

También están llamados a declarar el rector de la Universidad Complutense y la antigua jefa de una filial de Globalia para preguntar sobre los vínculos de Gómez y Air Europa.

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