Personas discapacitadas a las puertas del Congreso

Publicidad

ESTE MIÉRCOLES ENTRE EN VIGOR LA REFORMA

Las personas con discapacidad ya pueden ser jurado popular

Con esta iniciativa, aprobada por unanimidad en las Cortes, se ha adaptado la normativa española a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Estas personas estaban vetadas para formar parte de los jurados populares.

Este miércoles 14 febrero entra en vigor reforma de la Ley del Tribunal del Jurado, que permitirá a las personas con discapacidad física o psíquica formar parte de los jurados populares, una función a la que estaban vetadas hasta ahora.

Con esta iniciativa, aprobada por unanimidad en las Cortes, se ha adaptado la normativa española a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que entró en vigor en 2008 en España, y que en su artículo 13 establece el derecho de acceso a la justicia de este colectivo, "incluido el ajuste de los procedimientos para facilitar su desempeño en las funciones efectivas como participantes directos e indirectos".

La modificación de la Ley del Tribunal del Jurado se publicó en el Boletín Oficial del Estado el pasado 14 de diciembre. Se establecieron meses para su entrada en vigor, un plazo acordado por los grupos parlamentarios para que las administraciones adaptaran sus recursos a la nueva normativa, según indicaron fuentes del Ministerio de Justicia.

Con esta reforma, la Justicia está obligada a proporcionar apoyos y a realizar ajustes para que se pueda llevar a cabo ese desempeño en igualdad de condiciones que el resto de ciudadanos. Según ha explicado el presidente del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), Luis Cayo Pérez Bueno, una persona sorda signante, usuaria de la lengua de signos, tendría que estar acompañada por su intérprete, facilitado por el tribunal; una persona con discapacidad visual, debería disponer, si hay materiales escritos que han de ser considerados, de formatos alternativos, digitales por ejemplo, y persona con discapacidad física debería poder ejercer como jurado con el acompañamiento de un ayudante.

"La casuística puede ser muy prolija, son solo algunas posibilidades", subraya Pérez Bueno. Si bien sostiene que la Administración de Justicia "está obligada" a hacer de estas adaptaciones, también se ha mostrado convencido de que habrá problemas en los momentos iniciales de la aplicación de reforma de la Ley, pues "los espacios y los procedimientos judiciales carecen de cultura inclusiva y costará dar soluciones prontas y eficaces".

El presidente del CERMI considera que esta "anomalía" de momento se ha corregido "en el papel" y ha avisado de que ahora deberá traducirse en la práctica en el sistema judicial español, que considera "arcaico, vetusto y poco flexible para adaptarse a las demandas del presente y a los avances de todo tipo".

No obstante, ha advertido de que desde el CERMI estarán vigilantes y ha asegurado que la personas con discapacidad, apoyadas por sus organizaciones, podrán invocar el derecho que le otorga la Ley, y la Administración de Justicia tendrá que garantizarlo. "Las Leyes no bastan para asegurar los derechos, pero son el portal de entrada imprescindible", ha aseverado.

Publicidad