Indultos
Los condenados por el procés saldrán este miércoles a partir de las 12 horas de la cárcel
Tras tres años y medio encarcelados por delitos de sedición y malversación de fondos, la salida de prisión de los líderes independentistas, cuyas penas iban de 9 a 12 años. Según han confirmado fuentes de Antena 3 Noticias, estos líderes independentistas saldrán mañana miércoles de la cárcel a partir del mediodía.
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La decisión del Consejo de Ministros de indultar toda la pena de prisión que queda por cumplir a los presos del procés, anunciada esta mañana por Pedro Sánchez, conllevará su salida de prisión prácticamente inmediata, una vez que el Tribunal Supremo lo comunique a los servicios penitenciarios catalanes.
Excarcelación inminente
Los nueve presos del procés saldrán mañana miércoles de la cárcel en la que cumplen condena, según ha podido confirmar Antena 3 Noticias. Está previsto que los presos del procés abandonen definitivamente la prisión a partir del mediodía de mañana miércoles y que, una vez en libertad, hagan declaraciones públicas.
Los abogados de los presos, al salir de la visita a los políticos, también confirman que podrían salir mañana sobre las 12:00 h. "Nos hemos visto de una manera muy diferente a los últimos casi cuatro años. Hoy era una sensación diferente despidiéndose de este vidrio maldito que nos ha perseguido este tiempo. Con la ilusión de que mañana recuperan la libertad y con la ilusión que tienen ellos, que volvemos a decir no es la solución al conflicto político de Cataluña. Que como sabemos pasar por la amnistía".
También han asegurado que si por alguna circunstancia el Tribunal Supremo "no fuera ágil", ellos saldrían "igualmente mañana" por los permisos que tienen: "Si mañana no llega la orden de excarcelación saldrán sí o sí con el permiso de estos cuatro o cinco días y cuando toque volverán a firmar los indultos".
Para ello, el Ejecutivo debe informar al tribunal que a su vez dictará una providencia para ejecutar el decreto del Gobierno y remitir un mandamiento a las prisiones correspondientes en el que ordene la puesta en libertad de los beneficiados.
La ley de 1870 señala que "la aplicación de la gracia habrá de encomendarse indispensablemente al tribunal sentenciador", es decir, corresponde a los magistrados que se opusieron a su concesión en el informe que solicitó el Gobierno.
En principio, al no ser necesaria una nueva liquidación de condena, el tribunal dará por extinguidas las penas de prisión y puede incluso comunicarlo a las prisiones antes de dictar el auto correspondiente.
Indultos parciales
Sánchez ha señalado que "se trata de indultos parciales, en los que conmutamos las penas de prisión pero se mantienen las condena de inhabilitación de todos los condenados".
"Todos los indultos quedan condicionados a que no se cometa ningún delito grave durante un plazo de tiempo determinado. De lo contrario, el indulto quedaría sin efecto", ha explicado.
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En ese auto es previsible que se haga alusión a la condicionalidad que ha establecido el Ejecutivo para los indultos, que podrán ser revertidos si los beneficiados por la medida de gracia incurren en algún delito grave en un período de tiempo que va entre los tres y seis años.
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