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Su primer recurso al Tribunal Supremo
Puigdemont alega ante el Supremo que el 1-O no hubo "ningún tipo de violencia" que justifique que se le acuse de rebelión
El expresidente de la Generalitat afirma que, a lo sumo, algunos ciudadanos "pudieron haberse excedido" en su "resistencia pasiva", pero fueron casos "aislados". El abogado Jaume Alonso-Cuevillas ha elaborado el auto de recurso después de que el juez Pablo Llarena aceptara que Puigdemont y los exconsellers Clara Ponsatí y Lluís Puig se personaran en la causa abierta por el proceso independentista.
El expresidente de la Generalitat de Cataluña, Carles Puigdemont, ha presentado este lunes un recurso de reforma ante el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena -el primero que realiza tras permitirse su personación en la causa del 'procés'- en el que pide que revoque el auto por el que el pasado 23 de marzo fue procesado por rebelión y malversación de fondos públicos y que se anulen todas las actuaciones contra él por no haberse poder defendido de ellas hasta este momento. Niega igualmente que se haya dado el requisito de violencia que se precisa para estimar el delito principal que se le imputa.
En su escrito, en el que se representa de forma conjunta a Puigdemont y a los exmiembros del Govern igualmente huidos Clara Ponsatí y Lluís Puig, la defensa ejercida por el abogado Jaume Alonso Cuevillas argumenta a lo largo de 85 páginas la inexistencia de rebelión y malversación y denuncia que por el contrario sus clientes han sufrido varias violaciones de procedimiento, entre ellas que no se le haya permitido defenderse hasta dictarse el auto de procesamiento, lo que considera contrario al derecho europeo e internacional.
Además, pide que se anule toda la causa por varias razones, como la falta de competencia del Tribunal Supremo para entender de este asunto que a su juicio debería haberse sustanciado ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).
Subsidiariamente a lo anterior, el aboga sin efecto la fianza de 2,1 millones de euros fijada en el auto de procesamiento para los miembros del exGovern de Puigdemont al no existir constancia alguna de que se haya malversado o destinado ninguna cantidad y existir por el contrario constancia documental de que no se ha dispuesto de cantidad pública ninguna para sufragar el referéndum de autodeterminación celebrado en fecha 1 de octubre de 2017.
Sobre la inexistencia de violencia, el recurso señala que ninguno de los hechos relatados en el Auto puede considerarse como rebelión y el juez utiliza argumentos que resultan "llamativos" para justificar la existencia de violencia. "En concreto, el Auto aprecia dicha violencia, principalmente, en las manifestaciones ocurridas el día 20 de septiembre frente a la Consejería de Vicepresidencia, Economía y Hacienda de la Generalitat, en los hechos ocurridos en fecha 1 de octubre, y, de manera sorprendente, en la violencia que, en efecto, no se ha producido, pero que los procesados debieron suponerse".
Añade que otro de los motivos de nulidad es que el propio Llarena "se ha situado a sí mismo en la posición de víctima del delito, como integrante del conjunto de los ciudadanos españoles, infringiéndose así la elemental garantía de imparcialidad condensada en el clásico aforismo "in causa sua, iudicare nemo potest".
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