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PROPUESTA EN EL PARLAMENT
Los 17 puntos de la hoja de ruta soberanista propuesta por Junts Pel Sí y la CUP
Junts Pel Sí y la CUP han tramitado una propuesta al Parlament en la que pretenden declarar la constitución de una República Catalana soberana desvinculada de España. En su documento, han detallado los pasos, amparados en la Ley de Transitoriedad, para alcanzar la independencia.
Según la propuesta que han presentado en el Parlament Junts Pel Sí y la CUP, estos serían los 17 puntos previstos en el camino hacia la constitución de una República Catalana y así debería hacerse el traspaso de poderes, servicios y bienes de España al nuevo país.
1- Promulgar los decretos necesarios, dotando personal y materialmente los servicios administrativos tomados para la expedición a la ciudadanía los documentos acreditativos de la nacional catalana.
2 - Establecer la regulación del procedimiento para la adquisición de la nacionalidad catalana, por razón de los supuestos previstos en el artículo 8 y la disposición final segunda.
3 - Impulsar la suscripción de un tratado de doble nacionalidad con el Gobierno del Reino de España, de conformidad con el artículo 9.
4 - A dictar, de conformidad con el artículo 12.1, las disposiciones necesarias para la adaptación, modificación, e inaplicación del derecho local, autonómico y estatal vigente antes de la entrada en vigor de la Ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la República.
5 - Dictar, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 12.3 los decretos precisos para la recuperación y eficacia de las normas anteriores a la sucesión de ordenamientos jurídicos, anuladas o suspendidas por motivos competenciales por el Tribunal Constitucional y por el resto de tribunales, prestando especial atención a todas aquellas reguladoras de impuestos y otros figuras impositivas, así como aquellas que desarrollan herramientas para la lucha contra la pobreza y la desigualdad social.
6 - Promover, ante todos los estados e instituciones el reconocimiento de la República Catalana.
7 - Establecer por el procedimiento correspondiente y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15, la relación de tratados internacionales que hayan de mantener su vigencia, así como la de aquellos que deban resultar inaplicados.
8 - Establecer, de acuerdo con el artículo 17, el régimen de integración, a la Administración de la Generalitat de Cataluña ...de todos aquellos funcionarios, personal de España, que hasta la fecha prestaban sus Servicios a la administración general de Cataluña, a la administración local de Cataluña, las universidades catalanas, la administración de justicia, la administración institucional del estado en Cataluña, o de los funcionarios, personal del estado español, de nacionalidad catalana, que presten sus servicios fuera de Cataluña.
9 - Dar conocimiento al Parlament de la relación de contratos, convenios y acuerdos objeto de subrogación por parte de la República Catalana, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19.
10 - Impulsar un acuerdo con el Estado español para la integración del personal y la subrogación de los contratos previstos en los apartados IV y V, de conformidad con lo que dispone el artículo 20.
11 - Acordar todo aquello que sea precedente, así como adoptar las medidas necesarias para el ejercicio de la autoridad fiscal, de la seguridad social, aduanera y catastral de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 80, 81, 82 y 83, estableciendo, si es el caso, los periodos de traspaso entre administraciones necesarios pera un adecuado servicio público.
12 - Promover las actuaciones y medidas legislativas necesarias para la creación de un banco público de desarrollo al servicio de la economía productiva.
13 - Promover las actuaciones y medidas legislativas necesarias para la creación del Banco de Cataluña, con las funciones de banco central, quien ha de velar por la estabilidad del sistema financiero.
14 - Promover las actuaciones y medidas legislativas necesarias para la creación del resto de las autoridades reguladoras, y las funciones que les son inherentes.
15 - Abrir un periodo de negociaciones con el Estado español, según lo dispuesto en el artículo 82, para determinar, si es el caso, y en qué grado, la sucesión del Estado catalán mediante un acuerdo, en derechos y obligaciones de carácter económico y financiero asumidos por el Reino de España.
16 - Elaborar un inventario de bienes de titularidad del Estado español, radicados en el territorio nacional de Cataluña, a fin de hacer efectiva la sucesión en su titularidad por parte del Estado catalán, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.
17 - Elaborar una propuesta de reparto de activos y pasivos entre el Reino de España y la República de Cataluña, con fundamento en los criterios internacionalmente estandarizados, abriendo un periodo de negociación entre los representantes de ambos estados, sometiendo el acuerdo alcanzado, en su caso, a la aprobación del Parlamento de Cataluña.
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