Ley Amnistía

¿Qué dice el artículo 4 de la directiva europea sobre la malversación?

Los fiscales del Procés aluden, para justificar que la malversación no puede ser amnistiada, a un artículo de la directiva comunitaria que obliga a los Estados miembros a "adoptar medidas" para garantizar que la malversación "constituya una infracción penal".

Carles Puigdemont

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La aplicación de la Ley de Amnistia está generando ya las primeras discrepancias judiciales y, en concreto, un enfrentamiento entre los fiscales del procés y el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, quien ha ordenado a dichos fiscales que se aplique la norma también al delito de malversación que se le atribuye al expresidente catalán Carles Puigdemont y otros líderes del 'procés'.

Los cuatro fiscales del Tribunal Supremo que intervinieron en el juicio del 'procés' -Javier Zaragoza, Fidel Cadena, Consuelo Madrigal y Jaime Moreno opinan que ese delito no puede ser amnistiable y han solicitado que se reúna la Junta de Fiscales. García Ortiz ha comunicado ya a los 38 fiscales de sala la reunión para que se establezca un criterio único y definitivo. Dicha reunión se prevé muy tensa y, pese a los que opinen los fiscales, la postura que prevalecerá al final será la del fiscal general del Estado, a favor de amnistiar todos los delitos -incluida la malversación- y levantar todas las órdenes de detención nacional que pesan contra líderes del Procés.

Los cuatro fiscales del Procés, en el escrito que han enviado a Álvaro García Ortiz, justifican que la malversación no se puede amnistiar aludiendo al artículo 4 de la Directiva Europea. ¿Qué dice dicho artículo?

En concreto, el artículo 4 de la Directiva 2017/1371 del Parlamento Europeo reza que "los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar que la malversación, cuando se cometa intencionadamente, constituya una infracción penal. A efectos de la presente Directiva, se entenderá por malversación el acto intencionado realizado por cualquier funcionario a quien se haya encomendado directa o indirectamente la gestión de fondos o activos, de comprometer o desembolsar fondos, o apropiarse o utilizar activos de forma contraria a las multas para los que estaban previstos y que perjudique de cualquier manera a los intereses financieros de la Unión".

Bruselas, a la espera de estudiar la ley de amnistía

La Comisión Europea aún no se ha posicionado en esta discrepancia sobre si la malversación debe o no amnistiarse. Beatriz Ríos, corresponsal de Antena 3 Noticias en Bruselas, ha informado que "se está estudiando la norma y si es compatible con el derecho comunitario".

"Lo que argumentan los fiscales es que malversar fondos públicos para financiar la independencia pone en serio riesgo los intereses financieros de la Unión. Y lo hace porque fragmenta a un país de la Unión Europea y, por lo tanto, disminuye su contribución al presupuesto comunitario. Habrá que esperar para ver si Bruselas se pronuncia en el mismo sentido", explica Ríos.

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