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Coronavirus Madrid
Estas son las nuevas restricciones por el coronavirus en Madrid y otros 9 municipios, ¿qué se puede hacer y qué no?
Las nuevas medidas contra el coronavirus que afectarían principalmente a Madrid y otros municipios de la región se ha plasmado en una orden ministerial del BOE que la Comunidad asevera que no tiene validez jurídica. ¿Cómo afectarían las restricciones a los ciudadanos?
Casi 7 millones de habitantes de la Comunidad de Madrid están pendientes de que resuelva el conflicto entre la región con el Gobierno para saber si entran en vigor las nuevas restricciones contra el coronavirus.
El Ministerio de Sanidad logro desbloquear las restricciones a la movilidad en Madrid y en otros 9 municipios de la región al obtener el apoyo de 13 comunidades autónomas a su plan de medidas para frenar el avance del coronavirus tras semanas de desencuentros con el gobierno madrileño.
El acuerdo adoptado este miércoles en el Consejo Interterritorial de Salud se ha plasmado hoy en una orden ministerial publicada este 1 de octubre en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Los criterios son una incidencia de contagios superior a 500 por 100.000 habitantes en 14 días, 10% de positivos en las PCR realizadas y ocupación superior al 35% de las UCI.
Sin embargo, Comunidad de Madrid considera que la decisión adoptada en el Consejo Interterritorial de Salud "jurídicamente no es válida" al no haber sido tomada por consenso. "El Gobierno de España tiene prisa por intervenir Madrid y no por luchar contra el virus", ha dicho en rueda de prensa el consejero de Sanidad madrileño, Enrique Ruiz Escudero.
Qué SÍ se podrá hacer en una zona confinada
- Ir a centros, servicios y establecimientos sanitarios
- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales
- Ir a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil
- Volver al lugar de residencia habitual
- Ir a entidades financieras y de seguros
- Asistencia y cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas vulnerables
- Renovación de permisos y documentos oficiales, así como trámites administrativos inaplazables
- Exámenes o pruebas oficiales inaplazables
- Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales
- Salidas por causa de fuerza mayor o situación de necesidad
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza , debidamente acreditada
Qué NO se podrá hacer en una zona confinada
- No se podrá realizar ninguna actividad no autorizada
- No se podrá acudir a otro municipio sin actividad autorizada
- Los comercios no abrirán más allá de las 22:00 horas
- Bares y restaurantes no permanecerán abiertos después de las 23:00 horas y sin superar el 50% en interior y las 60% en terrazas
- No podrá haber reunión privada de más de 6 personas
- Los parques infantiles estarán cerrados
- En las instalaciones deportivas no se podrá superar el 50% del aforo en interiores y el 60% en exteriores
- En los velatorios no se pueden sobrepasar los 15 asistentes en espacios abiertos y 10 en los cerrados
La Comunidad de Madrid ya tiene ahora mismo 45 zonas restringidas, si bien las nuevas medidas afectarían al 82% de la población de la Comunidad.