Valencia

Reabren la causa contra Mónica Oltra por el presunto encubrimiento de los abusos sexuales cometidos por su exmarido a una menor tutelada

La Sección Cuarta de la Audiencia de Valencia ha decidido reabrir la causa contra Mónica Oltra y otras 15 personas al estimar que "no puede descartarse claramente" la existencia de infracción penal y concurren indicios suficientes para encausar a los investigados.

Mónica Oltra

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Nuevo giro en la causa contra Mónica Oltra y otras 15 personas por la gestión del caso de los abusos sexuales sufridos por una menor tutelada por la Generalitat y cometidos por el exmarido de la exvicepresidenta del Gobierno valenciano. El procedimiento, archivado por el juez el pasado mes de abril al no ver delito alguno en su actuación ni un presunto encubrimiento de los abusos sexuales, ha sido hoy reabierto por la Sección Cuarta de la Audiencia de Valencia al estimar que "no puede descartarse claramente" la existencia de infracción penal y concurren indicios suficientes para encausar a los investigados.

El tribunal ha estimado los recursos de la acusación particular y las dos acusaciones populares contra la decisión que se tomó el pasado mes de abril. Mónica Oltra dimitió el 21 de junio de 2022 de sus cargos en el Consell y en Les Corts Valencianes tras su investigación judicial en este caso.

El juez que archivó la causa estimó que los indicios que fundamentaron en su momento las imputaciones judiciales contra las personas investigadas se habían "desvanecido por completo", y la Fiscalía respaldó el archivo al no observar indicios de criminalidad en ninguno de los investigados.

La Audiencia de Valencia estima que no se puede "descartar claramente" la existencia de un delito

Pero la Audiencia de Valencia ha revocado ahora esa sentencia al entender que no puede "descartar claramente" la existencia de infracción penal y existir indicios suficientes para encausar a los investigados, Además, afirma que ha de ser en el acto del juicio oral donde se diluciden las posibles responsabilidades penales.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, tras examinar la instrucción "la Sala estima, discrepando del criterio del instructor, que no puede descartarse claramente la comisión de infracción penal, siendo posible identificar, en relación a determinadas actuaciones, una suficiencia indicaria que justifica la continuación del procedimiento", señalan los magistrados.

Para la Sala, dichos indicios justifican que, una vez que se practican las diligencias que se estiman necesarias, "la acomodación del procedimiento a los trámites del procedimiento abreviado y posterior apertura, en su caso, de juicio oral".

Según el auto de apelación, es posible sostener como una "hipótesis plausible" el hecho de que las personas bajo cuya tutela y protección se encontraban "habrían pretendido ocultar el abuso sexual". Para ello, "se habrían valido de un informe ficticio, pues se emite un pronunciamiento de inexistencia de indicios de abuso sexual cuando ni siquiera se preguntó a la menor sobre los abusos que se conoció que había relacionado a terceras personas", precisan los magistrados.

De esta manera, a juicio del Tribunal, se habría omitido "tanto la denuncia como la obligación de comunicar el hecho al Ministerio Fiscal, impidiendo así que pudiera ejercer el control previsto" en el artículo 209 del Código Civil.

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