La reforma de la Constitución que dará sus primeros pasos este viernes en el Consejo de Ministros y que pretende suprimir los aforamientos de los políticos afectará a una mínima parte de los 250.000 aforados que hay en España, la inmensa mayoría miembros de las Fuerzas de Seguridad y jueces y fiscales.
A falta de los detalles definitivos, la reforma constitucional planteada por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y que afectaría a los artículos 71.3 y 102.1, eliminaría el aforamiento de ministros, diputados y senadores, siempre y cuando se trate de delitos que no tengan relación alguna con el ejercicio de su cargo.
Según datos del Consejo General del Poder Judicial, en España hay aproximadamente unos 250.000 aforados de los que algo más de 232.000 son miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o de las policías autonómicas.
El resto -algo menos de 18.000- pertenecen a instituciones estatales o autonómicas entre miembros del Gobierno, diputados y senadores, parlamentarios autonómicos, políticos, jueces y fiscales.
La Constitución de 1978 otorga únicamente el aforamiento al presidente del Gobierno, a sus ministros y a los diputados y senadores. Del resto, el grueso de personas aforadas ante el Tribunal Supremo lo son a través de la Ley Orgánica del Poder Judicial que incluyó en esta figura a los jueces y fiscales, a los magistrados del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Cuentas, a los vocales del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado y al Defensor del Pueblo.
Además, los estatutos de autonomía de las diferentes comunidades han otorgado el aforamiento ante sus respectivos tribunales superiores de justicia -no ante el Supremo- a los miembros de sus gobiernos y parlamentos autonómicos.
El aforamiento implica que esa persona, en caso de resultar imputada, lo sea por un tribunal de mayor rango al que correspondería, habitualmente el Tribunal Supremo o los tribunales superiores de Justicia de cada una de las comunidades autónomas.
Estos casi 18.000 sólo perderán el aforamiento si el delito que cometen no tiene que ver con su actividad. Si tiene que ver con su función de diputado, juez o fiscal seguirán aforados.
Además, para que ese tribunal pueda emprender esas acciones judiciales se necesita, en el caso de diputados y senadores, que Congreso o Senado autorice previamente el suplicatorio. La situación de los aforamientos en los países europeos es bien diferente a la que existe actualmente en España. Miembros de Gobiernos y Parlamentos de toda la Unión Europea gozan de algún grado de aforamiento ante los tribunales, aunque en algunos de ellos esa protección se refiere exclusivamente a asuntos relacionados con su actividad política y legislativa, tal y como plantea ahora el Gobierno para España.