Echenique
El Supremo absuelve a Echenique de una condena por llamar violador a un joven asesinado en 1990
El Tribunal Supremo anula la condena a Pablo Echenique aunque mantiene la de Juanma del Olmo, dirigente de Podemos, por los mismos hechos.
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El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto a Pablo Echenique de una condena de 80.000 euros que le impuso por llamar violador a un joven asesinado en 1985. El Supremo ratifica y anula la condena, sin embargo mantiene la condena a Juanma del Olmo, otro dirigente de Podemos, por los mismos hechos.
En 2020, el portavoz de Unidas Podemos en el Congreso de los Diputados fue condenado a indemnizar al hermano de Manuel López Rodríguez por intromisión ilegítima en el honor del fallecido. Acusó al asesinado de violador. Tras la absolución, Echenique ha tildado las condenas de "absurdas en primera y segunda instancia".
"Seguro que la absolución definitiva abre los telediarios y ocupa horas de tertulias como ocurrió con las condenas absurdas en primera y segunda instancia. Seguro que sí. Porque lo contrario sería una demostración palmaria de cómo funciona el lawfare", ha escrito el portavoz en su cuenta de Twitter.
El Supremo estima el recurso de Echenique
Echenique presentó un recurso a la condena dictada por un Juzgado de Leganés (Madrid) y ratificada por la Audiencia Provincial de Madrid. Los magistrados del Supremo lo han estimado. No obstante, se mantiene la sentencia al antiguo miembro del gabinete del exvicepresidente Pablo Iglesias, Juanma del Olmo, aunque se rebaja la indemnización a 10.000 euros.
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Manuel López Rodríguez fue asesinado en 1990 en un crimen en el que la candidata de Podemos a la alcaldía de Álava, Pilar Baeza, fue condenada como cómplice. Echenique defendió a Baeza argumentando que fue violada por López Rodríguez. Ante ello, la familia del asesinado denunció. Pedían una indemnización de 300.000 euros por intromisión del honor.
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