Publicidad
NO ACEPTA LA PETICIÓN DE LA FISCALÍA
El Supremo rechaza excarcelar a Jordi Sànchez y a Joaquim Forn por riesgo de reiteración delictiva
La sala ha considerado que se mantienen las razones que aconsejan la permanencia en prisión preventiva de Joaquim Forn y de Jordi Sànchez.
La sala de apelaciones del Tribunal Supremo ha rechazado poner en libertad a Jordi Sànchez y a Joaquim Forn. Deniega así la petición de la Fiscalía, que pedía poner en libertad al exconsejero catalán de Interior Joaquim Forn, que cumple prisión preventiva desde el pasado 2 de noviembre en la cárcel de Estremera (Madrid) por la causa del 'procés'. El Supremo aprecia para tomar su decisión que hay riesgo de reiteración delictiva.
El Ministerio Público había solicitado en la vista de apelación que se le excarcelara bajo fianza de 100.000 euros. La Fiscalía solicitó la excarcelación por "razones humanitarias" debido a la "aparición de la tuberculina", que es la prueba utilizada para diagnosticar si existe infección tuberculosa. Lo hizo durante la vista celebrada a puerta cerrada en la que la defensa de Forn argumentó igualmente a favor de la anulación de la medida cautelar que pesa sobre el exmandatario desde el pasado 2 de noviembre.
Fuentes de Instituciones Penitenciarias ya indicaron que Forn "no tiene tuberculosis", sino que "el test de Mantoux o test de la tuberculina" al que fue sometido en la cárcel de Estremera en la que está interno reveló que Forn ha tenido "contacto en algún momento de su vida, posiblemente en la niñez, con el bacilo de la tuberculosis", lo cual no significa que padezca la enfermedad.
La Fiscalía también alegó que Forn renunció el pasado 24 de enero al acta de diputado "como muestra de su intención manifiesta de cese su actividad política y, con ello, nulo impacto del riesgo de reiteración delictiva", así como la falta de reiteración delictiva derivada de sus manifestaciones y actuaciones desde que se inició el cumplimiento de la medida cautelar" de prisión provisional". Pese a todo ello la sala ha considerado que se mantienen las razones que aconsejan su permanencia en prisión preventiva.
Publicidad