Estado de Alarma
El Tribunal Constitucional declara inconstitucional el primer estado de alarma
El Tribunal Constitucional ha declarado como inconstitucional el primer estado de alarma decretado por el Gobierno.
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El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional el primer estado de alarma decretado por el Gobierno para combatir la pandemia, una decisión muy ajustada que ha contado con la oposición de cinco de los once magistrados, informan a Efe fuentes jurídicas.
Considera el Tribunal Constitucional que la intensidad de la restricciones que impuso el Gobierno en el mes de marzo, al inicio de la pandemia de coronavirus, excedía lo que se puede acordar durante un estado de alarma.
Tras varios plenos de deliberación, finalmente el voto de la vicepresidenta, Encarnación Roca, ha sido decisivo para inclinar la balanza a favor de los cinco magistrados que estiman que el paraguas legal para adoptar el confinamiento general de la población debía haber sido el estado de excepción y no el de alarma.
Los otros cinco, por contra, han seguido considerando que el Gobierno actuó correctamente optando por el estado de alarma para decretar el confinamiento domiciliario.
La mayoría del tribunal ha votado a favor de la ponencia del magistrado Pedro González Trevijano, que decreta la inconstitucionalidad del estado de alarma. Tanto la sentencia como los previsibles votos particulares se conocerán en los próximos días.
En concreto, el tribunal de garantías ha declarado inconstitucionales y nulos los puntos 1,3 y 5 del artículo 7 del decreto-ley, relativos a la libertad de circulación de personas y coches en espacios y vías públicas.
También ha declarado inconstitucional que se habilitara al Ministerio de Sanidad para "modificar" o "ampliar" las medidas de contención en el ámbito de la actividad comercial, equipamientos culturales y actividades recreativas, así como las actividades de hostelería y restauración.
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