El Tribunal Supremo aborda el futuro inmediato de Quim Torra al frente de la Generalitat de Cataluña, en una vista en la que estudia el recurso del president a su condena de inhabilitación por desobediencia al no retirar los lazos amarillos y una pancarta de apoyo a los presos del procés de edificios públicos en periodo electoral.
El presidente de la Generalitat fue condenado por su "recalcitrante y reiterada actitud desobediente" a no acatar la orden de la Junta Electoral de retirar a tiempo de los edificios públicos los lazos amarillos en defensa de los presos del "procés" en vísperas del 28A. Torra recurrió al Supremo, ante quien denunció una "palmaria persecución política" que pretendía apartarle "ilegalmente" del Govern, y ha intentado sin éxito retrasar la cita al sostener que se le notificó la fecha infringiendo las normas procesales. La Fiscalía, por su parte, pide al tribunal que confirme la condena de Torra porque su decisión fue "contraria a las exigencias de neutralidad en periodo electoral que también obligan al presidente de la comunidad autónoma".
Efectos inmediatos
Hace nueve meses que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) impuso a Quim Torra una condena de un año y medio de inhabilitación y 30.000 euros de multa por un delito de desobediencia, una sentencia que, al no ser firme, no implicó que fuese apartado de su cargo. La última palabra la tiene el Supremo, que tendrá que decidir si confirma la inhabilitación, como pide la Fiscalía, o si estima el recurso de Torra, que pide que revoque la condena. Fuentes jurídicas han informado de que el tribunal no tiene previsto adelantar el fallo mañana al término de la vista, sino que todo apunta a que se hará público una vez se dicte la sentencia. Una resolución que tendrá firmeza y, por tanto, de ser condenatoria será ejecutada de inmediato, independientemente de que la defensa de Torra promoviera un incidente de nulidad, añaden las fuentes, que precisan que ninguna maniobra jurídica podría paralizar su ejecución, que correspondería al TSJ de Cataluña.
Quim Torra, en la sala
En la vista, los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo, Susana Polo, Vicente Magro y Antonio del Moral escucharán los argumentos de ambas partes en presencia de Torra, que se sentará entre el público, ya que solo sus abogados pueden intervenir y estos tampoco contemplan pedir al tribunal permiso para conceder un turno de palabra al president. Sí que expondrán los principales argumentos de su recurso de 300 páginas, que se centran en invocar el derecho a la libertad de expresión, con la mirada puesta en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) más que en el Supremo, de cuya imparcialidad dudan.
Los abogados Gonzalo Boye e Isabel Elbal alegarán la "desproporción" que supondría una condena que implica el cese de un president por el mero hecho de negarse a retirar una pancarta, en un legítimo ejercicio de la libertad de expresión que, según su opinión, la Junta Electoral no tenía autoridad para cercenar. Además, pedirán al tribunal que eleve al Tribunal de Justicia de la Unión Europea varias cuestiones prejudiciales -entre ellas si es posible la inhabilitación del presidente catalán para concurrir a elecciones europeas y si su cese por negarse a condenar una pancarta es una medida proporcional-, en cuyo caso cree que el Supremo debería suspender el dictado de la sentencia hasta que Luxemburgo se pronuncie.
¿Qué hará Torra?
En un plano político, el president ha evitado dar pistas sobre la respuesta que piensa dar a su posible inhabilitación, tras acusar al Estado de estar "instalado en la venganza". En su intervención en el debate de política general en el Parlament, no ha querido desvelar qué piensa hacer si la "maquinaria de un Estado al servicio de una sed de venganza" lo acaba inhabilitando, si bien ha expresado un compromiso: "Serviré a mi país hasta las últimas consecuencias y hasta el último minuto de mi presidencia", sin concretar más detalles ni futuros escenarios.
Y sin atender los llamamientos de ERC y la CUP a acordar una fecha electoral antes de que pueda ser inhabilitado y pierda la potestad de convocar elecciones.