El Supremo ha denegado la salida en libertad provisional al exconseller catalán de Interior Joaquim Forn porque considera que persiste el riesgo de reiteración delictiva basándose en que el procesado apoyó a los Comités de Defensa de la República (CDR) en una carta pública.
La decisión ha sido adoptada por el magistrado que instruye el caso abierto por el "procés" en el alto tribunal, Pablo Llarena, quien en un auto señala que, pese a sus declaraciones judiciales, el procesado expresó en una carta pública, firmada también por el exvicepresident de la Generalitat Oriol Junqueras, su apoyo a los CDR.
En el mismo auto, el juez suma a este riesgo de volver a delinquir el de la fuga, agravado por el hecho de que otros procesados han huído, dice, "con sorprendente éxito". En la carta a favor de los CDR Junqueras y Forn, que están en prisión preventiva desde noviembre pasado, incitaban a todos a "resistir y mantenerse firmes" y, además, proclamaban que "un país vivo no se resigna, ni cede a la represión ni a la amenaza".
La misiva fue leída el pasado 2 de mayo en un acto público celebrado en la plaza de Sant Jaume de Barcelona, lo que lleva al magistrado a la conclusión de que ambos revalidaron su compromiso con la determinación reflejada en el Libro Blanco para la Independencia de Cataluña.
Dicho texto, recuerda el magistrado, contemplaba persistir en la estrategia tan pronto como se recuperara el control de las instituciones autonómicas. De este modo, dice Llarena, aunque es cierto que el procesado ha renunciado a su actividad parlamentaria y que asegura que no se incorporará a ninguna responsabilidad en el Gobierno de la Generalitat, su comportamiento "no conjura el peligro objetivo que en él se aprecia".
Forn pedía su liberad basándose en el arraigo laboral, familiar y a sus declaraciones ante el instructor en las que aseguró que no iba a fugarse, ya que ello supondría dejar en la estacada a otros miembros del departamento de Interior y a los responsables de los Mossos d'Esquadra que se encuentran en la misma situación procesal que él.
Pero el juez vuelve a aludir a los procesados en fuga para sostener que, además del citado peligro de reiteración delictiva, existe también riesgo de fuga. Así, explica que la "alineación con los encausados que han dificultado el ejercicio de la jurisdicción española buscando refugio en terceros países, y que lo han hecho con pleno sustento económico y organizativo, así como sorprendente éxito hasta ahora, refuerza aún más el riesgo de su fuga".
Llarena recuerda también que el procesado se enfrenta a una grave pena si resulta condenado por rebelión, lo que podría aconsejarle la fuga. Además, el magistrado indica que las fuentes de prueba recabadas durante la instrucción del sumario reflejaban "el claro desprecio de los procesados al acatamiento de las decisiones de la autoridad judicial".
Aunque señala que Forn se incorporó al gobierno de la Generalitat de Catalunya un trimestre antes de la declaración de independencia, el menosprecio de las decisiones judiciales no se mide por el tiempo durante el que se ejerce la desconsideración, sino por la gravedad o el calado de la desatención cuando se produce.
En este sentido, destaca que "no puede eludirse la relevante osadía con la que el procesado cooperó a la ejecución de los hechos y desatendió el ordenamiento jurídico y las decisiones del Tribunal Constitucional y del Poder Judicial".