Fiscal general del Estado
El Tribunal Supremo rechaza la petición de García Ortiz de poner coto a las filtraciones
El Alto Tribunal ha enviado la queja a los juzgados competentes para que sean ellos los que decidan qué hacer.
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El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado este lunes la petición del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, de adoptar medidas para poner coto a las filtraciones en la causa en la que está imputado. El Alto Tribunal ha enviado la queja a los juzgados competentes para que sean ellos los que decidan qué hacer. Al fiscal general se le investiga por una presunta revelación de secretos contra Alberto González Amador, la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
La defensa de García Ortiz pedía al magistrado Ángel Hurtado adoptar medidas para evitar filtraciones al considerar que han dado lugar a un "juicio paralelo" que podría influir en el desenlace de la causa. Así lo detalla el auto recogido por Europa Press. El fiscal general del Estado achacaba esta situación al comportamiento de las acusaciones populares y particular.
Había pedido al instructor del Supremo abrir una pieza separada para investigarlo y multar a quien revelase "indebidamente el contenido del sumario" con entre 500 y 100 euros conforme establece el artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. El juez Hurtado desestima la petición pero lo remite a los juzgados competentes al entender que "si de indagación de filtraciones se trata, y puesto que, en determinados casos, no es descartable una presumible relevancia penal, lo procedente es que la investigación que se lleve a cabo lo sea por un juzgado de instrucción y no mediante la apertura de pieza separada".
Ángel Hurtado dice que "es la solución que se adoptó en la anterior providencia del 5 de diciembre de 2024". Relata las medidas que ha ido adoptando hasta ahora para evitar filtraciones como retirar teléfonos móviles a las partes durante los interrogatorios.
Asimismo, respecto a otra queja de García Ortiz por la publicación de sus números de teléfono, su IMSI y su IMEI, en un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guarda Civil, el instructor la rechaza igualmente razonando que "no es factible impedir a las partes el acceso al contenido íntegro de una causa no declarada secreta, porque en otro caso se perturbaría su derecho de defensa y el que tienen a obtener la tutela judicial efectiva".
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