El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado nulo por "no ser ajustado a derecho" el Resumen de Actividades Individuales (RAI), un barómetro implantado en 2010 por la Dirección General de la Guardia Civil que valora el número de denuncias que ponen los agentes de tráfico.
En la sentencia de la sección sexta de la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJM, el tribunal estima el recurso presentado por la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) que solicitaba la anulación del RAI, impuesto por la dirección general, sin que previamente hubiese sido informado ni el Consejo del Instituto Armado ni las asociaciones profesionales.
La sala entiende que todos estos órganos debieron ser informados de la puesta en vigor de esta norma "al afectar a las condiciones de trabajo y retribución de los agentes", por lo que declara nulo el RAI.
Un barómetro integrado por una veintena de conceptos con los que la Dirección General puntúa la actividad de los agentes en todos los ámbitos, entre ellos el rendimiento de los guardias que prestan su servicio en la agrupación de tráfico y que tiene en cuenta el número de multas que ponen en comparación con la media del resto de compañeros.
En opinión de la AUGC, asociación mayoritaria en el cuerpo, el RAI supone otorgar "premios" a los guardias que más denuncias interponen, lo que convierte al destacamento de Tráfico en "una espiral de recaudatoria ajena a los principios básicos de la agrupación".
La asociación denuncia además en un comunicado que este sistema promueve una peligrosa competitividad entre las unidades, ya que los jefes cobraban una productividad más alta si sus subordinados eran los que más recaudaban en multas.
El RAI se implantó en 2010 a raíz de la conocida como "huelga de bolis caídos", que los propios agentes pusieron en marcha para protestar por las condiciones laborales y que consiguió, recuerda AUGC, disminuir hasta en un 90 por ciento las denuncias.