Certificado Covid
El TSXG considera que la medida de presentar el certificado Covid en la hostelería no es "idónea ni necesaria"
El Tribunal Superior de la Xunta de Galicia considera que la medida de presentar el certificado COVID-19 en la hostelería "no es idónea ni necesaria".
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El TSXG ha notificado el auto adelantado el pasado sábado en el que se rechazaba la petición de la Xunta de autorizar judicialmente que ciertos establecimientos tuviesen la obligación de pedir a los clientes el certificado COVID.
Para la sala, esta es una medida que no impide el contagio y, por lo tanto, "no es idónea ni necesaria, al menos, en el grado que resultaría exigible". Además, los magistrados señalan que la Xunta no ha explicado "cómo se evitará el posible contagio de quienes hayan accedido al local presentando un justificante por la realización de una PCR o un test de antígeno, que solo acredita que en el momento de su realización no eran portadores del virus activo, pero no que gocen de inmunización alguna frente a este".
También explican que la adopción de la medida adoptada en Galicia no supone un descenso significativo en los datos de contagios por coronavirus recogidos por el Ministerio de Sanidad.
Además, recogen un argumento ya expresado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el que se dice que la medida afectaría a los usuarios o clientes, pero no al personal de los locales "de manera que la restricción de derechos de la clientela habría sido en vano".
Demoniza al sector
En este sentido, también recuerdan que el avance de la campaña de vacunación contra la COVID-19 en España supondrá un freno a los contagios y, entonces, la medida carece de sentido. Recuerdan también a la Xunta que debería haber acreditado que el aumento de los contagios por coronavirus en la región se produce en establecimientos de hostelería y restauración.
Los magistrados también dicen que no les parece "ecuánime demonizar al sector" respecto a empresas de otras actividades. En su momento, la Xunta afirmó que la medida no afectaría con los derechos fundamentales como el de la libertad, los jueces señalan que "el ejercicio voluntario es lo propio de todo derecho". Por otro lado, sobre el derecho a la protección de datos la sala considera que "no evitaría el riesgo de afección de este derecho" porque "el cliente ha tenido que desvelar a un tercero una información concerniente a su salud que tenía derecho a mantener reservada para sí y su círculo íntimo".
La Xunta podrá presentar un recurso ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo.
Medidas de la Xunta
Mientras, la Xunta ha reducido de nuevo el aforo en los bares al 30% en el interior y al 50% en las terrazas como una medida alternativa a la presentación del Certificado COVID.
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Por otro lado, Alberto Núñez Feijóo mostró su desacuerdo con la decisión al entender que se produce porque no hay una ley estatal y defiende que "no tiene sentido" que el documento "sirva solo para coger una avión".
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