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los votos emitidos sin sobre deben ser considerados nulos
La votación del 1-O incumple la propia Ley del Referéndum aprobada por el Parlament de Cataluña
El Govern ha incumplido multitud de artículos incluidos en su propia Ley de Referéndum. Ha cambiado las reglas de votación 45 minutos antes de la apertura de los centros, se ha votado sin sobres, sin censo, y en algunos casos, con las urnas en la calle.
La votación que se ha desarrollando en la consulta secesionista incumple la Ley del Referéndum y el propio manual de la Generalitat catalana con instrucciones para los miembros de las mesas electorales, ya que, por ejemplo, establecen que los votos emitidos sin sobre deben ser considerados nulos.
Ese es el caso del manual que fue validado por la Sindicatura Electoral de Cataluña, que la Generalitat elaboró para enviárselo a los representantes de la Administración o a quienes fueran escogidos miembros de las mesas electorales o suplentes. Dice este documento que serán nulas las papeletas que sean emitidas sin sobre o las que vayan en sobres diferentes al modelo oficial.
El sistema de votación al que se ha visto forzada la Generalitat también incumple en sí mismo buena parte de la Ley de Referéndum de Autodeterminación que sirve de base para la consulta ilegal y el posterior proceso de independencia. Para empezar, la ley deja el control de la limpieza y la transparencia del proceso a la Sindicatura Electoral, órgano que quedó disuelto el pasado 22 de septiembre al presentar su renuncia todos sus miembros. La Sindicatura también valida el censo electoral, efectúa el escrutinio general, certifica los resultados y ordena su publicación oficial.
A día de hoy, no hay por tanto administración electoral que vele por el cumplimiento de las normas en el desarrollo de las votaciones. La ley del referéndum, además, en su artículo 8, establece que serán nulos los votos que no se ajusten al modelo oficial o que contengan enmiendas o cualquier otra contingencia que ofrezca dudas sobre el sentido del voto, lo que también se indica en el manual. Sin embargo, el Gobierno de la Generalitat anunció esta mañana por sorpresa un censo universal, de forma que los votantes han podido acudir a cualquier centro electoral, incluso sin sobres y con papeletas imprimidas en casa, o votar varias veces, ya que no había forma de comprobar informáticamente si el elector ya había votado.
El censo universal decretado conculca también el artículo 33.4 de la ley de referéndum que establece que el censo se ordenará por secciones censales y que cada elector esté inscrito en una sección censal. "Nadie puede estar inscrito en varias secciones ni varias veces en la misma sección", reza este artículo.
El manual, por su parte, da instrucciones para los miembros de las mesas, que debían estar presentes desde las ocho de la mañana y cuya obligación es solicitar el DNI a cada votante, comprobar la identidad del elector y transmitirlo al centro de recogida de datos, algo que no ha podido realizarse en esta jornada al ser desactivado el sistema informático por la Guardia Civil en las primeras horas. Además del DNI, el manual acepta como documento acreditativo el permiso de conducir o el pasaporte.
También deberían haberse encargado de comprobar el material electoral y las condiciones del local, que deberá disponer de sobres y papeletas, así como una lista del censo y modelos oficiales de actas. Cada mesa debería haber tenido un acta firmada por el presidente, los vocales y los interventores a las ocho y media de la mañana, antes de que a las nueve abrieran los centros designados para la votación, que debe ser ininterrumpida hasta las 20.00 horas.
Si no hubiera papeletas, el presidente debe suspender la votación y esa interrupción no puede superar una hora. Si se alarga más tiempo, la votación se da por suspendida y deben destruirse todas las papeletas depositadas hasta entonces.
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