Lotería de Navidad

Esto es lo que tienes que hacer si te piden recargo por un décimo de la Lotería de Navidad

¿Cuánto te pueden cobrar por un décimo de la Lotería de Navidad? ¿Es legal que te cobren recargo? Resolvemos tus dudas y seguimos contándote curiosidades sobre el sorteo más mágico del año.

Entrevista a Miguel Hedilla

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Probablemente, a estas alturas del año ya todos habremos pecado probando un poco de ese turrón que nos gusta, habremos celebrado algún brindis navideño, y también tendremos lista la carta de deseos. De una forma u otra, todos estos hábitos forman parte de la tradición de la Navidad y bien sabemos que no hay Navidad sin lotería. El 22 de diciembre se celebra el sorteo más especial de todos, precisamente por su carácter familiar.

Todo el mundo sueña, en mayor o menor medida, con pellizcar un trocito del ansiado Gordo de Navidad. Para tapar agujeros, para un capricho o simplemente por la emoción de jugar, la Lotería de Navidad es una de nuestras señas de identidad cuando las campanas empiezan a repicar. Hay quienes tienen todo un elaborado método para comprar los diferentes décimos, ya sea en la administración de la esquina, un número fijo o uno en cada puerto. Cada uno de estos décimos cuesta 20 euros y el premio que reporta el Gordo es de 400.000 euros por boleto que, tras rendir cuentas con Hacienda, se queda en 320.000 euros.

Sin embargo, hay ocasiones en las que por un décimo nos piden 22 euros, es lo que se conoce como "recargo" y desde la Newsletter de Antena 3 nos preguntamos si esta prima es legal o no.

La información que recibimos desde Loterías y Apuestas del Estado es rotunda: "Bajo ningún concepto, en ningún tipo de situación pueden los décimos tener un recargo porque un décimo está tasado" efectivamente en el mismo décimo que compramos aparece bien claro que el precio del mismo es de 20 euros, así que "no puede valer una cosa que no ponga ahí, es de todo punto de vista ilegal" nos informan telefónicamente desde Loterías.

Pero esto es la teoría estricta, porque estoy segura de que todos hemos visto en alguna ocasión el famoso recargo de 2 euros y entonces Loterías nos aclara que "sí puede existir un tipo de recargos, que solo se pueden aplicar a papeletas" pero ojo porque nos dejan bien claro que ese beneficio que se recauda ha de destinarse "a un fin benéfico y específico".

Para que quede más claro, vamos a intentar poner ejemplos. Si en un bar vemos que se vende un décimo de la lotería de Navidad a 22 euros, es ilegal. Si ese mismo bar vende una participación en la que se juegan 3 euros, pero nos la cobran a 4 euros y lo recaudado va destinado a beneficio del propio bar, también sería ilegal porque ese dinero se destina a un lucro personal. Ahora bien, cuando ese incremento lo hace, por ejemplo, una Asociación benéfica de lucha contra el cáncer, entonces sí está permitido.

Eso sí, todas las empresas que quieran vender papeletas con recargo, previamente han de pedir autorización a Loterías y Apuestas del Estado, que les solicitará una serie de datos y tras comprobar la idoneidad de todo les permitirá sumar al precio de dicha participación "un incremento no superior al 20% del valor del décimo". El proceso implica depositar los billetes en una entidad bancaria con el correspondiente resguardo, entregando al organismo el número de talonarios, el total de participaciones y su valor, junto con una fotocopia del resguardo del depósito.

El artículo 2 de la instrucción general de loterías señala que "considerada la Lotería Nacional como un servicio explotado por la Administración, y sus billetes como efectos estancados, se declara prohibida la reventa de los mismos con sobreprecio, castigándose esta reventa con arreglo a la legislación vigente en materia de contrabando y defraudación". Mientras que en el punto 8 se añade que "la venta de billetes solo podrá efectuarse en las Administraciones de Loterías legalmente establecidas, cuyos titulares, si lo estiman necesario, podrán valerse de vendedores autorizados que exclusivamente dependan de los mismos, en la forma que determinan los artículos 186 al 192 de esta Instrucción".

Gestha avisa de que "la venta a posibles defraudadores, interesados en blanquear dinero, podría resultar en el pago de hasta más de la mitad de las ganancias. En contraste, el comprador-defraudador solo pagará a Hacienda por el sobreprecio de la compra, con la opción de acreditar el origen de esos".

La explicación legal

Preguntamos también a Miguel Hedilla, socio de Hedilla Abogados, un bufete especializado en el traspaso de Loterías. "Es legal si pides autorización a Loterías y Apuestas del Estado. En este caso Loterías y Apuestas del Estado da la autorización a asociaciones no lucrativas, como puede ser la Asociación contra el Cáncer, la Cruz Roja, etc. En ese caso sí sería legal". Intentamos rizar un poco el rizo y preguntamos qué ocurre cuando es un colegio el que vende papeletas para recaudar fondos para la excursión de fin de curso. Ahí habría que estudiar cada circunstancia concreta. Aunque la realidad que se impone, dice Hedilla, "Loterías y Apuestas del Estado no puede entrar a controlar, porque no es competencia suya, o el Estado no puede controlar a cada colegio, bar, o cualquier establecimiento que pone un recargo. Pero las que son legales son las autorizadas y son las asociaciones no lucrativas".

Y qué ocurre si toca el Gordo en un décimo por el que nos han cobrado recargo sin haber pedido autorización. Pues como nos explica el abogado "lo normal es que no ocurra nada porque al final es un acuerdo entre el vendedor y el comprador. En algunos casos pone que es un donativo, en otros no pone nada, pero el comprador cuando lo compra sabe que está pagando ese recargo. Lo normal es que no ocurra nada. ¿Puede llegar a ocurrir si esa persona pone una denuncia lo mueve? Sí, pero lo normal es que no ocurra nada".

El precio de un décimo de Navidad

Y sobre los números del Gordo hay otra curiosidad que también queremos reflejar, la regla del 70%, que establece que de todo el dinero recaudado se destina a premios el 70%. Por lo que una persona comprase un número de cada uno de los que entran en el bombo se gastaría en total 2.000.000 de euros y ganaría 1.400.000 euros, el 70%.

Pero un décimo no siempre costó 20 euros en 1812 cada boleto costaba 10 pesetas, en 1876 se encareció hasta las 50 pesetas, en 1944 subió hasta las 100 pesetas, en 1953 hasta las 400 pesetas. La década de los 70 comenzó con un precio de mil pesetas y diez años después costaba ya un décimo 2.500 pesetas. En 1990 3.000 pesetas y desde 2002 cuesta los 20 euros actuales.

El Rastreador de la Suerte

Ya sabiendo qué pueden cobrarnos y qué no por un décimo te hablamos de nuestro Rastreador de la Suerte. Una herramienta con la que podrás encontrar esa combinación mágica que te transmite buenas vibraciones. Jugar es muy sencillo, En la parte superior de esta página encontrarás un botón con la frase 'Generar décimo'. Solo tienes que clicar ahí y esperar a que busque, entre todas las combinaciones posibles, la mejor para ti.

Recuerda que son más de 15.000 números los que saldrán del Bombo durante el Sorteo de Navidad, por lo tanto más de 15.000 probabilidades de que los niños de San Ildefonso canten ese décimo que tendrás entre las manos. De ellos, la cantidad mínima que podrás ganar son 20 euros, si te toca el reintegro, hasta el ansiado Gordo, con 400.000 euros al décimo.

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