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LA VACUNACION NO ES OBLIGATORIA EN ALEMANIA
Alemania planea multar a los padres que rechacen ser informados del calendario de vacunación
Alemania pretende reformar la ley de vigilancia epidemiológica para extender la vacunación infantil y podría multar con hasta 2.500 euros a aquellos padres que no quieran ser informados sobre las vacunas de los niños antes de inscribirlos en la guardería.
El Ministerio alemán de Sanidad ha decidido reformar la ley de vigilancia epidemiológica para extender la vacunación infantil y plantea multas de hasta 2.500 euros para los padres que se nieguen a ser informados del plan de vacunación antes de inscribir a sus hijos en la guardería.
La vacunación no es obligatoria en Alemania, pero, tras un virulento brote de sarampión en 2015, se aprobó una ley por la que se debe presentar un certificado de haber asistido a una asesoría médica sobre vacunas antes de matricular a un niño en la guardería. "Que siga muriendo gente de sarampión, no nos puede dejar frío. Por eso endurecemos ahora la regulación", explicó al diario 'Bild' el ministro alemán de Sanidad, Hermann Gröhe, después de que esta semana falleciera una madre de tres hijos por esa enfermedad.
La reforma, que será aprobada previsiblemente la próxima semana en el Parlamento, obliga a las guarderías a informar a los departamentos regionales de sanidad de los padres que se niegan a la asesoría, que podrán ser multados con hasta 2.500 euros.
La obligación o no de la vacunación es en Alemania, como en otros países occidentales, un debate recurrente, en el que periódicamente se ven también implicados los tribunales. Esta semana el Supremo dio la razón a un padre que defendía administrar a su hija las vacunas recomendadas por los organismos oficiales en contra de la opinión de la madre, con la que no convive, pero con la que comparte la custodia de la menor.
El padre estaba a favor de seguir el calendario oficial de vacunación, mientas que la madre opinaba que el riesgo de posibles daños para su hija pesaba más que el riesgo general de infección. El Tribunal Supremo consideró que "el poder decisorio debe ser concedido al progenitor cuya propuesta se aproxima más al bienestar del menor" y estimaba que el padre estaba "mejor capacitado para decidir acerca de la aplicación de las citadas vacunas" a la menor.
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