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Pederastia en la Iglesia

El Papa elimina el secreto pontificio para casos de pederastia

El Papa ha eliminado el secreto pontificio ante "las denuncias, los procesos y las sentencias" sobre delitos de abusos sexuales a menores y adultos vulnerables. Anula así una de las normas que obstaculizaba la colaboración con la Justicia.

  • La norma acaba con la ley del silencio en el seno de la Iglesia y obliga a cooperar con la Justicia
  • Se extiende a todas las investigaciones realizadas por el Vaticano y por las diócesis relacionadas con el encubrimiento o la posesión de pornografía infantil.
  • La ley no afecta al secreto de confesión que sigue vigente también para este tipo de delitos.

El Papa ha hecho pública su decisión en su 83 cumpleaños. Ha eliminado el secreto pontificio ante "las denuncias, los procesos y las sentencias" concernientes a los delitos de abusos sexuales a menores y adultos vulnerables, según se recoge en una ordenanza que limita la confidencialidad de las causas relacionadas con la pederastia.

La norma ya está vigente y se extiende a todas las investigaciones realizadas por el Vaticano

agilizará la tramitación de las denuncias y su posible paso a las autoridades civiles, en caso de que el país donde se hayan producido obligue a ello, tal y como sucede ya en Estados Unidos. La ley, conocida como motu proprio, no afecta al secreto de confesión, que sigue completamente vigente también para este tipo de delitos.

No puede imponerse ningún vínculo de silencio con respecto a los hechos encausados ni al denunciante ni a la persona que afirma haber sido perjudicada ni a los testigos

El Pontífice ha tomado esta medida en el motu proprio 'Vos estis lux mundi', aprobado en mayo y publicado este martes. La instancia, que ha firmado como es habitual el secretario de Estado, Pietro Parolin, ya está vigente y se extiende a todas las investigaciones realizadas por el Vaticano y por las diócesis que tengan como objeto todo hecho relacionado con el encubrimiento o la posesión de pornografía infantil.

Con la nueva disposición, la información deberá ser requerida a través de un rogatorio internacional, mientras que, en los documentos vinculados a curias diocesanas, las autoridades judiciales tendrán que dirigirse directamente al obispo correspondiente. "No puede imponerse ningún vínculo de silencio con respecto a los hechos encausados ni al denunciante ni a la persona que afirma haber sido perjudicada ni a los testigos", se describe en el documento impulsado por el Papa.

A este respecto, la instrucción recuerda que "el secreto de oficio no obsta para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en cada lugar por la legislación estatal". En este sentido, el texto subraya que se incluyen "las eventuales obligaciones de denuncia, así como dar curso a las resoluciones ejecutivas de las autoridades judiciales civiles".

El documento, con vigencia "firme y estable", se divide en cinco puntos en los que se aclara que el manejo de los datos correspondientes a estas cuestiones ha de realizarse "de manera que se garantice su seguridad, integridad y confidencialidad".

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