El Ministerio de Consumo endurece los requisitos de venta de mascarillas higiénicas. Es la nueva orden que impone el Gobierno, por la que solo se podrán comercializar las testadas por los laboratorios. Aquellos que incumplan la normativa podrían enfrentarse a una sanción de 5 años de cierre.
Este jueves quedará firmada la orden y entrará en vigor un día después de su publicación en el BOE. Sin embargo, se fijará un plazo para adaptar el etiquetado y la acreditación de los laboratorios, además de incluir un nuevo modelo combinado de materiales que permite la lectura labial y garantiza "la protección real" frente al coronavirus.
Durante un periodo de 30 días, las mascarillas que actualmente estén en el mercado podrán adaptarse a la nueva normativa. Después, ya no podrán ser vendidas como mascarillas higiénicas.
Esta orden de Consumo refuerza la aprobada el pasado 19 de abril, que establecía una serie de requisitos para la comercialización y etiquetado del material protector contra el coronavirus.
De acuerdo al Ministerio, la predecesora se publicó en un momento de "falta de stock nacional" en las mascarillas. Sin embargo, ahora tenemos la capacidad de cubrir el 90% de la demanda, por lo que hay que promulgar una nueva orden que amplíe las exigencias del producto.
Las novedades en la comercialización de mascarillas higiénicas
- Se ampliará la información del etiquetado en la mascarilla, incluyendo información sobre composición, tiempo de uso y número de lavado.
- Se definen nuevos conceptos, como mascarilla facial, accesorios de la mascarilla y los filtros que pueden ser usados.
- Cualquier mascarilla higiénica debe indicar los datos técnicos sobre filtración, resistencia a la respiración y laboratorio.
- En las mascarillas que sean reutilizables se debe indicar el total de ciclos de lavados que recomienda el fabricante.
- Se prohíben las referencias a otro tipo de productos que puedan dar lugar a engaño sobre la verdadera naturaleza de las mascarillas.
- Se deberán evaluar los riesgos de incorporar sustancias o mezclas químicas a las mascarillas.
- Las mascarillas no podrán ir fuera del envase original
Mascarillas excepcionales
En el caso de las mascarillas especiales destinadas, por ejemplo, a personas con discapacidad visual o de movilidad, se establecen otros requisitos adicionales.
- Las mascarillas que tengan zonas que permitan la lectura labial y que no permitan el paso del aire inhalado o exhalado, no tendrán que indicar la eficacia de la filtración en esas zonas, aunque sí en la etiqueta general.
- Los materiales tienen que permitir una visión nítida y evitar el empañamiento o reducción de volumen de voz.
- Asegurar que la mascarilla no obstruye la respiración.
- Se debe indicar en la etiqueta la existencia, o no, de un efecto distorsionador en el habla.
- Para personas con dificultades de movilidad, las mascarillas deben contar con elementos ajustables –belcros, adaptadores, etc-, que faciliten la autonomía de la persona a la hora de ponerse la mascarilla.
- Para los niños, se deberá indicar la edad aproximada de uso en función de los datos de la población española e incluir la indicación: "Advertencia: Utilizar bajo la supervisión de un adulto".
- Los filtros que se venden de forma separada a la mascarilla deberán cubrir la mayor superficie posible del producto y precisar qué tipo de tela se ha utilizado para obtener los datos de filtración.