Homofobia

Absuelto el hombre que amenazó con "hacer heterosexual a hostias" a un joven el día del Orgullo Gay

La Audiencia de Barcelona cree que las amenazas e insultos que profirió el acusado no alcanzan la gravedad necesaria para ser tipificados como delito de odio.

Absuelto el hombre que iba a "hacer heterosexual a hostias" a un joven el día del Orgullo Gay

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La Audiencia de Barcelona ha absuelto a los dos hombres que habían sido acusados de proferir amenazas e insultos homófobos contra un joven en un establecimiento de comida rápida. Los magistrados reconocen la actitud "cerril e intolerante" de los acusados, pero consideran que las expresiones que empleados no alcanzan la gravedad necesaria para que sea considerado como un delito de odio.

El incidente, que se viralizó en redes tras ser grabado por un testigo, tuvo lugar en el mes de junio del año 2019. Coincidió con el Día del Orgullo Gay. Un joven entró con un amigo en un McDonald's próximo a la plaza de Catalunya de la capital catalana. No se esperaba lo que le iba a suceder minutos después de llegar al local.

De repente, un hombre le empieza a increpar. Ambos terminaron enfrentándose por las amenazas verbales que profería el acusado. Es cuando entra el vigilante de seguridad -también investigado- para "evitar que el incidente adquiriera gravedad", según reza la sentencia. La Audiencia Nacional explica que queda comprobada la "agresividad" del acusado cuando hablaba con la víctima, al igual que el "enfado" de esta misma solamente por su forma de vestir. Sin embargo, el tribunal descarta que las expresiones alcancen el mínimo grado de lesividad para ser tipificado como un delito de odio.

La sala cree que las amenazas "no se centran" en la condición sexual de la víctima

"Se trata de expresiones como decimos desafortunadas y reprobables desde el punto de vista cívico y moral, pero no solo carecen de entidad para integrar el delito menos grave por el que la fiscal acusa, sino que la motivación no se centra en la condición sexual de la persona ofendida", subrayan los magistrados en la sentencia.

El tribunal argumenta que el acusado incidió en que "le daba igual" la condición sexual de la víctima" y que solamente lanzaba ataques "por la forma de ir vestido". Esto demuestra que no dirigiera su "violencia verbal" al colega de la víctima. El acusado indicó incluso en el juicio por los hechos que no le había insultado por la condición homosexual de la víctima, sino como decimos por su vestimenta, algo que consideraba inapropiado por la presencia de menores de edad en el restaurante. Entre otras amenazas, le dijo que le iba a "hacer heterosexual a hostias".

La Fiscalía, por su parte, sí que ve en el suceso la intencionalidad homófoba del acusado. El tribunal, por su parte, también cree que hay "expresiones amenazantes" como la que hemos señalado anteriormente o 'es el día de soltar hostias', entre otras, pero creen que no pueden ser catalogadas como un delito leve de amenazas y por lo tanto no puede recibir condena porque en ningún momento se formuló acusación por el incidente.

En cuanto al vigilante de seguridad, acusado por la Fiscalía de un delito de odio por omisión, la Audiencia de Barcelona cree que estaba "lejos de abstenerse y de contemplar impasible el incidente", Se aproximó a los dos e interpuso su brazo para evitar que el agresor se acercara aún más al denunciante, según aparece en la sentencia. Por lo tanto, creen que en ningún momento consintió la "actitud lenguaraz" del vigilante, sino que más bien intentó que el enfrentamiento "no escalara".

La sala explica que la viralización del vídeo en Twitter -ahora 'X'- supuso una afectación en la víctima pero insiste en que los acusados no participaron en la divulgación de las imágenes que tuvieron un gran "revuelo mediático".

"El episodio se limitó a un incidente en un local que ni siquiera estaba muy concurrido y nadie se sumó a la actuación del acusado, ni este incitó a nadie para que atacara a esas dos personas", asegura la sentencia que puede ser recurrida ahora por la Fiscalía.

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