Tribunales

Aprueban que una niña lleve como primer apellido el segundo de su padre, de 300 años de antigüedad, para que no desaparezca

El Tribunal Supremo ha permitido que el primer apellido de la pequeña sea Vacelar, el segundo de su progenitor y que estaba en riesgo de desaparecer.

El Tribunal Supremo rechaza suspender la condena de Alberto Rodríguez

El Tribunal Supremo rechaza suspender la condena de Alberto Rodríguez EFE

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Una niña que ahora tiene seis años será la décima ciudadana española que llevará como primer apellido el segundo de su padre. Se trata de Vacelar, perteneciente a un linaje orensano de 300 años de antigüedad y en peligro de extinción.

Así lo ha decidido la Sala Civil del Tribunal Supremo anulando, de paso, las sentencias del Juzgado de Primera Instancia y de la Audiencia Provincial de Madrid, en contra del fiscal y de la Abogacía del Estado y estimando la demanda del progenitor, Miguel Ángel Rodríguez Vacelar, abogado de profesión, tras más de cuatro años de pelea judicial.

Salvar un apellido, una causa "justa"

Seis años después de iniciar un largo y complejo proceso, la familia ha obtenido finalmente una sentencia favorable del Alto Tribunal, en la que se razona que salvar un apellido español es una "causa justa y legítima".

Utilizar la fórmula de agregación de apellidos en vez de alterar el orden de estos es una "opción legal" y no un "fraude de ley", concluyen los magistrados.

Origen gallego

De origen gallego, Vacelar tiene una antigüedad comprobada de más de 300 años y, en ese momento, solo 9 personas podían continuarlo al ser su primer apellido.

"Lo primero que me vino a la mente para poder salvar mi apellido materno fue hacer uso de lo dispuesto en el artículo 198 del RRC, esto es, invertirme directamente el orden de mis apellidos, de manera que mi hija recién nacida en el momento de la solicitud obtuviese, por vía del artículo 217 RRC, el apellido 'VACELAR', explica el letrado en el portal 'Noticias Jurídicas'.

"Sin embargo, dicha idea no me sedujo", añade. "Dada mi edad entonces, 37 años, me suponía un perjuicio relevante, tanto burocrático, como en el tráfico jurídico como abogado (lo que me reconoce expresamente la Sentencia), por lo que lo deseché de inmediato".

Rodríguez explica que, entonces, decidió "explorar otra vía que no había sido intentada con anterioridad: promover, junto a la madre, un cambio de apellidos en la menor de manera que se pudieran unir mis dos apellidos en uno solo" y que ella pasase a poseer 'RODRÍGUEZ-VACELAR' como primer apellido, más el materno, unión que yo no podía realizar, puesto que no es posible unir apellidos de distintas ramas (paterno con materno), pero que en mi hija sí era posible".

"Una vez fijado el marco legal en el que me podía mover, vi muy evidente que cumplía los requisitos legales exigidos, lo que acredité con ingente prueba documental", sostiene.

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