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LEY DE PROTECCIÓN DE ANIMALES DE COMPAÑÍA
La Asamblea de Madrid prohíbe por unanimidad sacrificar a los animales abandonados
Da un plazo de dos años a las tiendas de mascotas para hacer reformas para poder seguir teniendo perros y gatos en sus locales como hasta ahora.
La Asamblea de Madrid ha aprobado este jueves por unanimidad la Ley de Protección de Animales de compañía, que defiende el "sacrificio cero" y que da un plazo de dos años a las tiendas de mascotas para hacer reformas para poder seguir teniendo perros y gatos en sus locales como hasta ahora.
Se trata de un Proyecto de Ley promovido por el Ejecutivo autonómico que ha defendido en pleno el consejero de Medio Ambiente, Jaime González Taboada, que ha señalado que con esta norma se reconoce el "rol social" de los animales de compañía, que reciben la protección que merecen.
El consejero, que ha apuntado que en el último año se ha reducido un 14,8% el abandono de perros, ha indicado que aún "queda mucho por hacer" porque no se ha logrado acabar con el abandono, algo que muchas veces se debe a la "compra no meditada del cachorro", al que se ve como un "bien de consumo". Ha añadido que este abandono también se da cuando se ve a los animales "como meras herramientas para cazar o competir y en un momento "dejan de ser útiles".
Esta norma prohíbe matar animales por el hecho de estar en un centro de acogida, evitando así la "doble condena del animal doméstico" por ser víctima de abandono y sacrificio forzoso, ha afirmado el consejero; quien ha explicado que la ley aboga por la esterilización para evitar la superpoblación y así el abandono, y la entrada de animales en centros de acogida. Además, queda vetado el maltrato por acción u omisión. Se prohíbe exhibir animales de ocio o diversión o usarlos en la mendicidad o la actividad ambulante como reclamo.
No se podrán regalar como recompensa o rifarlos, ni usarlos en exhibiciones o sesiones de fotos con fines publicitarios sin autorización o dejarlos en vehículos sin ventilación o la temperatura adecuada. También se veta disparar o agredir animales con armas de fuego o aire comprimido salvo casos excepcionales. Las sanciones van de 300 a 45.000 euros y buscan que los infractores "piensen dos veces" lo que hacen y que "compensa cumplir la ley".
Las tiendas tendrán dos años para adaptarse
En su intervención, el consejero ha puesto la vista en la petición de la oposición de prohibir la venta de animales en tiendas. "No sería razonable considerar el bienestar animal en un orden superior al de las personas", ha considerado y ha apostado por una moratoria para "dar tiempo a los comercios a adaptarse y reorientar su actividad", algo que se ha logrado este mismo jueves.
Se trata de una enmienda transaccional acordada por los cuatro grupos parlamentarios en la que se establece que la venta de animales de compañía se tendrá que hacer mediante catálogos o medios similares que no requieran presencia física en la tienda.
No obstante, añade que la consejería competente "podrá autorizar la presencia de perros y gatos en aquellos centros de venta que cumplan las condiciones de salubridad, espacio etc. que se determinen reglamentariamente "en el plazo de seis meses desde la aprobación de la ley". Los centros tendrán un "plazo máximo de adaptación de 24 meses a dichas condiciones".
Además, los centros podrán vender peces, reptiles, roedores, conejos, hurones y pájaros de jaula criados en cautividad siempre que cumplan con los requisitos de espacio que se establezcan reglamentariamente. La Consejería revisará el listado de especies y los requisitos y condiciones para la venta en cada una de ellas en el plazo de dos años.
En esta misma enmienda se establece la prohibición de la venta ambulante de animales, que el sólo se podrán vender animales a mayores de edad que no estén incapacitados. Además los cachorros de perros y gatos deberán tener al menos tres meses a la hora de su venta.
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