Imagen de archivo de una persona examinándose del carnet de conducir

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SEGÚN LA DGT

Los aspirantes a conductor podrán usar en el examen los sensores de aparcamiento

La DGT precisó que esta nueva instrucción viene a actualizar los requisitos exigidos a los vehículos utilizados en las pruebas para la obtención del permiso de conducción y la revisión de los criterios de calificación del mismo.

Los vehículos del examen de conducir podrán llevar incorporados sistemas de ayuda a la conducción a partir de este domingo gracias a una instrucción de la Dirección General de Tráfico (DGT) por la que se permite a los vehículos utilizados para la realización del examen práctico de conducir disponer de determinados sistemas avanzados de ayuda a la conducción (ADAS).

Según informó este sábado la DGT en un comunicado, estos sistemas se han ido incorporando "de forma progresiva" desde 2012 a los vehículos que salen al mercado. En la actualidad ya se ofrecen en la mayoría de las categorías, pero en 2022 muchos de estos sistemas serán obligatorios en todos los vehículos de serie matriculados en la Unión Europea.

Los ADAS permitidos son:

  • El Star-Stop, sistema de arranque del automóvil que apaga el motor cuando está al ralentí y lo vuelve a encender cuando se pisa el embrague.
  • El Hill Holder, sistema de ayuda de salida en pendiente que cuenta con un sensor que detecta el ángulo de inclinación en el que se encuentra el coche, impidiendo que el automóvil se vaya hacia atrás al levantar el pie de freno.
  • El sistema de activación automática de alumbrado y limpiaparabrisas, que se activan cuando un sensor detecta una disminución de la visibilidad o presencia de lluvia suficientemente significativa.
  • El frenado de emergencia urbano e interurbano (AEB), capaz de detectar un peligro inminente y avisar al conductor e incluso tomar el control del coche para detenerlo y realizar una frenada de emergencia en caso de que el conductor se despiste.

Además, también se aceptarán la alerta de tráfico cruzado (RCTA), que supervisa el tráfico trasero en sentido transversal al salir marcha atrás de un hueco de aparcamiento en batería; la cámara de marcha atrás, el sistema de detección de fatiga y el aviso de frenada de emergencia (EBD), que ayuda a los conductores a detectar cuándo el vehículo que circula por delante está realizando una frenada de emergencia.

Al igual que ya ocurre en todos los exámenes prácticos, los examinadores podrán solicitar al aspirante en las comprobaciones previas al examen que localice alguno de estos sistemas. Todos ellos pueden ir equipados en los vehículos, pero durante el examen se deberán desactivar el control adaptativo de la velocidad, conocido como ISA; el sistema de aviso y corrección de cambio involuntario de carril y el de estacionamiento total, aunque sí se permitirá la cámara de marcha atrás, cámara 360º y sensores de aparcamiento.

La DGT precisó que esta nueva instrucción viene a actualizar los requisitos exigidos a los vehículos utilizados en las pruebas para la obtención del permiso de conducción y la revisión de los criterios de calificación del mismo, "sin menoscabar la necesaria comprobación por parte del examinador de que el aspirante es capaz de circular por las vías públicas con la necesaria seguridad".

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