Caso Gürtel

La Audiencia Nacional deja en libertad condicional a Luis Bárcenas y destaca su "arrepentimiento"

El auto concedía la libertad condicional al extesorero del PP, destacando su arrepentimiento, el reconocimiento de los hechos y el cumplimiento de las dos terceras partes de su condena.

Luis Bárcenas

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El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha concedido la libertad condicional a Luis Bárcenas, extesorero del PP condenado por el 'caso Gürtel', una vez asumidas las dos terceras partes de su condena, el pago en su totalidad de la responsabilidad civil y el arrepentimiento. Además, también se ha sometido a programas internos para sentenciados por delitos económicos.

La propuesta de libertad condicional

En el auto, el juez José Luis Castro explica que la Junta de Tratamiento del CIS Victoria Kent propuso la concesión de la libertad condicional de Bárcenas al haber cumplido el pasado septiembre las dos terceras partes de la condena, a lo que la Fiscalía no se opuso. Además, había concurrido los elementos objetivos y subjetivos necesarios para obtener el último grado de cumplimiento de la condena.

El magistrado ha considerado que la propuesta reunía los requisitos exigidos por la ley y recuerda que el imputado ha pagado la totalidad de su responsabilidad civil, que suponía un total de 4.535.254,92 euros. También indicaba que el próximo septiembre Bárcenas cumplirá las tres cuartas partes de su condena y que en 2028 quedaría extinguida en su totalidad.

El arrepentimiento de Bárcenas

Con respecto a la situación psicológica, el auto ha hecho hincapié en el arrepentimiento del condenado, así como en el reconocimiento de los hechos y de las consecuencias de sus actos, así como el cumplimiento del pago de la responsabilidad civil establecida por el delito. Otro aspecto que ha destacado ha sido el estilo de vida positivo, la ausencia de trastornos psicopatológicos y la gran tolerancia a la frustración que ha demostrado.

La realización por parte de Bárcenas del programa PIDECO, destinado a internos condenados por delitos económicos, también ha influido positivamente en la decisión de la Audiencia, ya que no ha faltado a ninguna de las sesiones, participando activamente y siendo franco y solidario con sus compañeros.

El juez recuerda la gravedad de los hechos

No obstante, el juez también ha recordado la reiteración delictiva, la gravedad de los delitos, la alarma social y que aún tiene pendiente tiempo de condena.

Sin embargo, considera que algunos de estos aspectos ya fueron tenidos en cuenta a la hora de imponer la sentencia y que, a día de hoy, ve prácticamente imposible que el extesorero repita los delitos dados los años transcurridos.

Las conclusiones del auto judicial

Con respecto a la alarma social, ha asumido que ya ha quedado prácticamente extinguida debido a la antigüedad de los hechos y al pronóstico favorable de reinserción. Concluyendo con el tiempo que queda pendiente de cumplimiento, contempla la correcta actitud de Bárcenas con los permisos de salida, así como su paso por el régimen 100.2 y el tercer grado: "permiten junto con el resto de variables considerar que es el momento adecuado para acceder a la libertad condicional que se propone”.

Es importante destacar que el penado fue condenado por el Código Penal anterior a la reforma (LO 1/2015,de 30 de marzo), por lo que se le aplica el régimen de libertad condicional correspondiente a dicho momento por resultarle más favorable. De este modo, la libertad condicional no supone un tiempo de suspensión de la ejecución del resto de la pena, sino que es de auténtico cumplimiento, por lo que deberá someterse a las reglas de conducta que le correspondan en esa modalidad.

Siguiendo las reglas, el juez exige a Bárcenas establecer un domicilio fijo, comunicando al juzgado cualquier tipo de cambio, la presentación ante los servicios sociales del CIS Victoria Kent, la obligación de comunicar cualquier situación en la que se le relacionase con cualquier delito, implicación, imputación o acusación, así como la obligación de continuar con la actividad laboral y presentando cada trimestre la documentación correspondiente.

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