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ABUSOS SEXUALES CONTINUADOS

"El Brujo" condenado a 103 años de cárcel por abusar de 13 menores

La Audiencia de Palma ha condenado a Tomás Arroyo Rodríguez por abusar sexualmente en Ibiza y Valencia de 13 menores, dos de ellas de 11 y 12 años de edad, con el pretexto de usar sus poderes de adivino y sanador.

La sección de refuerzo de la Audiencia de Palma ha condenado a 103 años y medio de cárcel a Tomás Arroyo Rodríguez, apodado como "El Brujo", por abusar sexualmente en Ibiza y Valencia de 13 menores, dos de ellas de 11 y 12 años de edad, con el pretexto de usar sus poderes de adivino y sanador.

La sentencia de la Audiencia le condena asimismo a pagar 304.020 euros a las afectadas en concepto de responsabilidad civil y le prohíbe comunicarse o acercarse a cualquiera de ellas durante 109 años.

Los hechos se produjeron entre los años 1995 y 2006, cuando el hombre se aprovechó de la inmadurez de las menores, a las que llegaba a sacar 35 años de edad, y las captó prometiéndoles ayuda para desarrollar su personalidad y relacionarse mejor con los demás.

Para ello, Tomás Arroyo se hacía pasar, y creía ser, una persona con facultades paranormales y con la capacidad de, según la sentencia, "conocer y curar enfermedades de los demás y problemas psicológicos o de cualquier otro orden".

La sentencia narra cómo el condenado llegó a vivir de sus supuestas facultades y tenía una consulta en un gimnasio de Ibiza y en su domicilio de Valencia, al tiempo que indica que se relacionó con un grupo de futbolistas, entre los que se encontraban Santiago Cañizares, de los cuales llegó a recibir regalos como un coche de alta gama.

El condenado conoció a las menores mediante sus madres o sus amigas y consiguió, aprovechándose de su debilidad, "doblegar su voluntad" para mantener relaciones sexuales con ellas. La resolución detalla cómo, en su primera visita, las trataba de una forma "despreciativa, hiriente y cruel" manifestando sus defectos, lo que provocaba en las menores "una confusión profunda, un temor reverencial y un aturdimiento psicológico suficiente para obtener su aceptación y obediencia".

La juez ponente, Mónica de la Serna, señala en la resolución que la prueba de cargo del juicio, es decir, las declaraciones de las víctimas, resulta "demoledora", y tiene en cuenta para agravar las penas, además de la edad, la situación de prevalimiento del condenado, que amenazaba a las menores y las imponía un "pacto de silencio".

"Todas las perjudicadas constituyen un conjunto de personas que, en el momento de los hechos, se encontraban en el final de su infancia o inicio de adolescencia", indica la sentencia, que añade que algunas de ellas tenían problemas familiares como alcoholismo o separación de progenitores. Estos problemas, señala, eran "lo suficientemente importantes para ser sugestionadas a través de una promesa de mejoría en el ambiente familiar o de los logros personales que podían alcanzar".

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