Nuevas reestricciones

Las claves de la nueva ley de alcohol en menores de edad: cómo afecta a los bares y dónde no se podrá beber

El Gobierno aprueba el proyecto de ley que regulará el consumo de alcohol en menores. Entre otras medidas, se prohibirá vender y beber alcohol en colegios o en actos donde haya menores de edad, así como la publicidad cerca de centros educativos, sanitarios o de ocio infantil.

Imagen de archivo de personas en una terraza de un bar.

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La nueva ley pretende prevenir el consumo de alcohol entre menores, dada la fácil accesibilidad de estas bebidas. La legislación incluye medidas en educación, salud y regulación de la publicidad, buscando concienciar sobre los riesgos del alcohol en la juventud.

El Consejo de Ministros ha dado luz verde al Proyecto de Ley que busca prevenir el consumo de bebidas alcohólicas entre los jóvenes. Esta medida surge ante la preocupante realidad que revela la Encuesta Estatal sobre Uso de Drogas en Enseñanzas Secundarias, donde el 93% de los adolescentes entre 14 y 18 años considera fácil conseguir alcohol.

La aprobación de esta ley responde a la creciente preocupación de la sociedad, ya que el 83,5% de la población considera el consumo de alcohol en menores como un problema serio. La nueva legislación, que ahora se someterá al trámite parlamentario, incluye diversas medidas en ámbitos como la educación, la familia y la salud.

Los cambios de la nueva ley

Entre las acciones destacadas se encuentran programas de concienciación para padres y la inclusión de contenidos educativos sobre los riesgos del alcohol en las escuelas. Además, se establecerán protocolos en los servicios de salud para detectar el consumo en menores.

Se amplían los lugares en los que no se podrá beber. Estará prohibido en:

  • Centros de educación infantil, primaria, secundaria, bachillerato, formación profesional y enseñanzas elementales artísticas.
  • Centros de protección de menores y residencias de estudiantes que admitan a menores.

  • Centros deportivos, de ocio o espacios dedicados a espectáculos públicos cuando haya sesiones concebidas específicamente para menores, incluyendo conciertos, festivales o eventos deportivos o culturales.

  • Otros centros de menores o destinados a su uso.

También se regulará la venta y el suministro de estas bebidas en espacios públicos. No se podrá emplazar publicidad de bebidas alcohólicas en la vía pública en un radio de 150 metros de centros educativos, sanitarios o parques de ocio infantil. Estas son las limitaciones de venta, dispensación y exposición

  • Se prohíbe la venta ambulante y sin licencia administrativa en la vía pública y resto de lugares y circunstancias establecidos en otra ley estatal o autonómica o en una ordenanza municipal.
  • Las máquinas expendedoras deberán incorporar mecanismos técnicos eficaces, con vigilancia y custodia directa, para impedir que los menores las adquieran. Ya no se podrán instalar en la vía pública ni en lugares donde esté prohibida la venta o consumo de alcohol.
  • La exposición y acceso a bebidas en establecimientos de autoservicio deberá limitarse a un espacio concreto dentro del local que esté separado de otros que contengan productos específicamente destinados a menores.
  • En aquellos dedicados mayoritariamente a la comercialización de productos para menores no podrá venderse ni exhibirse alcohol ni otros productos que lo imiten.

Además se prohibirá la publicidad de bebidas alcohólicas dirigida a menores:

  • Se prohíbe cualquier forma directa, indirecta o encubierta de publicidad a menores de bebidas alcohólicas o productos que las simulen, incluyendo nombre comercial, denominación social, símbolos o marcas comerciales de personas o empresas productoras.
  • La publicidad o comunicaciones comerciales no podrán usar la imagen o voz de personas con menos de 21 años; de adultos cuando se presenten caracterizados o disfrazados de menores; de personas o personajes, reales o de ficción, cuya relevancia o popularidad estén vinculadas con ellos, embarazadas o la imagen de un feto.
  • No podrán utilizarse argumentos, estilos, tipografía o diseños asociados a la cultura de los menores o vincular las bebidas alcohólicas con la mejora del rendimiento físico, éxito social o sexual.
  • Queda prohibido el emplazamiento de publicidad en la vía pública en un radio de 150 metros de centros educativos, sanitarios, de servicios sociales y sociosanitarios y de parques y lugares de ocio infantil. Sí estará permitida la de aquellas bebidas fermentadas por debajo de 0,5% de alcohol.

Con estas acciones, el Gobierno busca no solo prevenir el consumo de alcohol entre los jóvenes, sino también garantizar su bienestar y desarrollo saludable.

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