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EMPLEADOS SIN PERMISO DE TRABAJO

Un club tendrá que incluir en la Seguridad Social a seis mujeres de alterne

Un grupo de inspectores de Trabajo visitaron las instalaciones del club Hot Girls y comprobaron que algunos de los empleados percibian prestaciones por desempleo a la vez que cumplían con una jornada laboral de 50 horas semanales. El club ha sido condenado por incompatibilidades en el desarrollo de la actividad laboral de sus trabajadores.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha declarado laboral la relación existente entre un club ubicado en La Palma, Cartagena, y seis mujeres de alterne, entre las que se encuentran dos paraguayas y una dominicana que se residen en España sin disponer de permiso de trabajo.

La sentencia señala que inspectores de Trabajo, junto con agentes Policía, visitaron las instalaciones del club Hot Girls, ubicado en el polígono industrial de La Palma, en mayo de 2011, comprobando que las mujeres cobraban una comisión por incentivar el consumo de bebidas en los clientes.

Las entrevistas mantenidas con ellas permitieron descubrir que desarrollaban una jornada laboral de diez horas diarias de lunes a viernes. Asimismo, la fuerza actuante comprobó que, además, no estaban dadas de alta en la Seguridad Social y que una de las extranjeras y el ayudante del encargado del club percibían prestaciones por desempleo que son incompatibles con el desarrollo de una actividad laboral.

El Juzgado de lo Social de Cartagena al que correspondió el estudio del asunto en primera instancia, estimó la demanda presentada por la Inspección de Trabajo y determinó que la relación laboral de las mujeres y del ayudante del encargado del club de alterne era laboral, por lo que condenó a la empresa que lo explota, Gomsales CT, S.L.

La resolución fue recurrida por esta sociedad ante el TSJ, que ha desestimado su apelación y que la ha condenado, en concepto de costas, a pagar 250 euros a la Inspección de Trabajo.

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