Vacuna Covid
Comienza el primer juicio de Cataluña por los posibles efectos secundarios de la vacuna contra el covid de AstraZeneca
Un profesor de Física y Química reclama que los trombos que sufrió fueron provocados por la vacuna de AstraZeneca.

Publicidad
Hace justo cuatro años del primer ingreso en la UCI de Pedro García, un profesor de Física y Química y vecino de Santa Coloma de Gramanet (Barcelona), poco después de haberse inmunizado contra el coronavirus a través de la vacuna AstraZeneca. Tras sufrir dos trombos (uno en el pulmón y otro en el hígado, este último, incurable) estuvo una semana ingresado en la UCI y otras tres semanas más ingresado en el Hospital del Mar, de Barcelona, que notificó su caso como "posible efecto adverso de la vacuna".
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) también reconoció la causa, después de que la propia farmacéutica admitiera que podía provocar efectos secundarios y de que Europa retirase del mercado la vacuna durante el pasado mes de mayo.
Por ello, lo que este lunes se juzgó no fue si la vacuna produjo los efectos secundarios, sino el tipo de baja a la que Pedro tuvo que acogerse y la consecuente prestación que recibió.
El Estado tramitó la baja del afectado como baja común
El Estado tramitó la baja de este profesor de cincuenta años como baja común, es decir, que el trombo apareciera por causas naturales, y no porque se le pidiera vacunarse en base al principio de solidaridad que pidió el Estado. Dicho principio de solidaridad constaba dentro del Plan Estratégico de Vacunación que estableció el Estado y tras el cual llevó a cabo un orden de vacunación en función del empleo que cada persona desempeñara.
La demanda, a la que ha tenido acceso Antena 3 Noticias, defiende que García, como profesor de instituto, se vio obligado a vacunarse con AstraZeneca sin poder elegir otra vacuna. Los sanitarios fueron los primeros en vacunarse, y a continuación fue el turno del personal esencial, dentro del cual se encuentran, entre otros, policías, bomberos o personal docente.
Por ello, Pedro no tuvo más remedio que vacunarse con AstraZeneca, sin posibilidad de elegir vacuna.
Según explica el abogado del afectado, Francesc Feliu, el apartado E del artículo 156.2 de la Constitución establece que es accidente laboral toda esa situación que se genera como acto de salvación siempre y cuando tenga un vínculo con el acto de trabajo.
Por ello, reclaman que la baja a la que tuvo que acogerse Pedro no sea considera como baja común, por la cual se cobra el 60% hasta el día 21, y después, el 75%. Si se demostrara que la baja estuvo relacionada con la inoculación de Astrazeneca, la prestación hubiera sido del 75% desde un primer momento e incluso del 100% dependiendo del convenio.
Precedentes similares con otras vacunas
En España ya existen precedentes similares, aunque con la vacunación de la gripe. En ese caso, la persona afectada acabó recibiendo una indemnización de más de 400.000 euros en el año 2012.
Síguenos en nuestro canal de WhatsApp y no te pierdas la última hora y toda la actualidad de antena3noticias.com
Publicidad