Estado de alarma
Cómo reclamar las multas puestas durante el confinamiento por el estado de alarma
Después de que el TC declarase inconstitucional el confinamiento domiciliario decretado durante el primer estado de alarma, los ciudadanos que pagaron multas por no respetarlo puede pedir que se les reembolse el dinero
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El pasado mes de julio, el Tribunal Constitucional (TC) declaró ilegal el confinamiento domiciliario decretado por el Gobierno durante el primer estado de alarma. Según el TC, algunas de las medidas aplicadas correspondían más a un estado de excepción pues suponían una suspensión de derechos fundamentales de las personas en lugar de una limitación.
La limitación de la movilidad ciudadana, recogida en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020 del 14 de marzo, aquella que limitaba las salidas de la población a muy contadas excepciones, fue la más controvertida para el TC; cuya decisión de declarar esta normativa como "inconstitucional" supone que aquellas multas impuestas a las personas que se saltaron esta restricción y aún estén trámite, queden anuladas.
¿Cómo reclamar las multas?
Las multas que ya han sido abonadas son sanciones que están basadas en una normativa declarada inconstitucional y que, por lo tanto, son "nulas". De esta forma, aquellas personas sancionadas que aprovecharon el descuento por pronto pago o que, recurriendo las multas en vía administrativa, se hubiesen visto obligadas a pagarlas por desestimación de los pertinentes recursos, pueden reclamarlas a la Administración.
Preguntas frecuentes
A continuación, algunas de las preguntas más frecuentes a la hora de reclamar el reembolso de multas impuestas durante el primer confinamiento.
¿Cómo reclamar a la Administración la devolución del dinero?
El único mecanismo jurídico posible es acudir a un procedimiento especial de revisión que puede iniciarse tanto de oficio por la Administración, como a petición del propio ciudadano sancionado.
De esta manera el ciudadano que haya abonado la multa tiene derecho a que se inicie la revisión de la sentencia contra las sanciones impuestas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado durante los meses donde el movimiento quedó restringido.
¿Qué pasa con las sanciones que se encuentran en trámite, ya sea en alegaciones o en fase de recurso?
Bastaría, en principio, con alegar la inconstitucionalidad de dichas sanciones para que fueran declaradas nulas y la Administración archivase el expediente sancionador.
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¿Cuánto tiempo tardarán en proceder a la devolución?
No existe un plazo fijo para el reembolso de aquellas multas que ya han sido pagadas. En caso de no darte la razón (si se negaran a devolverte el dinero) habría que iniciar otro procedimiento llamado de ‘ejecución’.
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