Violencia de Género
Condenado a 10 años de prisión por violar hasta en dos ocasiones a una mujer en una misma noche
El acusado se ha visto beneficiado en su sentencia al aplicarle la ley del 'solo sí es sí'.
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Un hombre de 33 años ha sido condenado a diez años de cárcel por violar a una mujer hasta en dos ocasiones en una misma noche. Además, el hombre había propuesto a la víctima que se dedicara a la prostitución. El acusado ha sido juzgado bajo la ley del 'solo sí es sí' en la Audiencia de Alicante.
En la sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Segunda, se considera que el procesado es autor de un delito continuado de agresión sexual. A este delito se le suma el agravante de reincidencia, ya que previamente había sido condenado a seis años de prisión por la Audiencia de Zaragoza en 2013, por otra agresión sexual.
Asimismo, el tribunal ha aplicado el criterio de revisión en beneficio al acusado, por el que establece la pena de diez años de prisión como la más favorable para él. Es decir, el hombre ha sido favorecido con la Ley Orgánica 10/22, conocida como la ley del ‘solo sí es sí’.
El suceso tuvo lugar en torno a las 6:30 horas de la madrugada del pasado 2 de marzo, tras una noche de fiesta en la que ambos implicados pasasen una noche de fiesta en algunos pubs de Benidorm. El tribunal considera demostrado que de camino al apartamento, en el que ambos se alojaban, el acusado arrastró a la víctima hasta un descampado, donde la forzó sexualmente en contra de su voluntad. Tras la agresión, ambos continuaron el trayecto hacia la vivienda, confiando la víctima "en que podría pedir ayuda por el camino".
En la vivienda, la víctima volvió a ser agredida sexualmente en contra de su voluntad. Al tratar de llamar a una amiga para pedir ayuda, el acusado "le arrebató el teléfono lo que fue aprovechado por ella para escapar del inmueble y pedir ayuda".
El hombre ha admitido los hechos en el inicio del juicio y el tribunal ha subrayado que el testimonio de la víctima fue creíble en la medida en que "contestó de forma coherente a todas las preguntas formuladas, no apreciando incoherencias, vacilaciones, lagunas o contradicciones". Asimismo, la sentencia señala como prueba de corroboración de los hechos las grabaciones aportadas en el proceso. En ellas se aprecia a la víctima y al acusado entrando al inmueble en el que él residía y, más tarde, a ella "abandonándolo minutos después corriendo".
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Orden de alejamiento, vigilancia de 10 años e indemnización de 30.000 euros para la víctima
Además de la pena puesta, la sentencia prohíbe al acusado acercarse a la víctima a menos de 300 metros en los próximos diez años, establece la medida de otros diez años de libertad vigilada, y, por último, obliga al condenado a indemnizar a la víctima en la cantidad de 30.000 euros.
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