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AGRAVANTE DE REINCIDENCIA
Condenan a año y medio de prisión a un hombre por robar un ordenador de un hospital
Un Juzgado de Almería ha condenado a un año y seis meses de prisión a un hombre de 32 años acusado de un delito de hurto con la agravante de reincidencia después de que sustrajera un ordenador portátil de la sede hospitalaria de Cruz Roja así como los efectos de dos empleadas. Sin embargo, él mantiene que los hechos los cometió un doble con el que ya lo han confundido en otras ocasiones.
El Juzgado de lo Penal número 2 de Almería ha condenado a un año y seis meses de prisión a un hombre de 32 años de la capital acusado de un delito de hurto con la agravante de reincidencia después de que sustrajera un ordenador portátil de la sede hospitalaria de Cruz Roja así como los efectos de dos empleadas, pese a que él mantuvo que los hechos los cometió un doble con el que ya lo han confundido en otras ocasiones.
La sentencia, estima la petición efectuada por el Ministerio Público que solicitaba además de la pena señalada que se indemnizara a las víctimas con una cantidad total de 430 euros así como a la ONG con 600 euros por el valor del equipo informático.
Los hechos tuvieron lugar después del mediodía del 16 de febrero, cuando el hombre acudió al centro médico ubicado en Carretera de Ronda donde, tras acceder a un despacho que estaba cerrado únicamente con un pestillo exterior, se llevó el dinero y los efectos de las dos empleadas así como el ordenador.
La juez apoya su fallo en las grabaciones captadas por la cámara de seguridad del centro, en las que "se ve claramente cómo un chico de las mismas características físicas del acusado se lleva un cartera" que fue reconocida por la víctima.
No obstante, ni los testigos ni las víctimas vieron al acusado sustraer los efectos, de forma que él mismo ha asegurado que "no se reconoce" en las imágenes. En esta línea, el propio acusado manifestó saber que "hay un chico con sus mismas características físicas que se dedica a hacer hurtos y que siempre lo confunden con él".
El acusado ya cuenta con dos sentencias firmes anteriores por los mismos delitos en 2006 y 2012. Estos argumentos son desechados por la juez María Teresa Vidaurreta, quien manifiesta en los fundamentos que "el vídeo muestra una persona totalmente idéntica al acusado, por lo que, salvo que se trate de su gemelo, ha de declararse probada su culpabilidad".
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