Orden de alejamiento

Condenan a un hombre por quebrantar la orden de alejamiento tras visitar el TikTok de su expareja

Así es la nueva sentencia de violencia de género pionera en España.

Aplicación Tiktok en un móvil

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Un hombre ha sido condenado a cuatro meses de prisión por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Badajoz después de quebrantar la orden de alejamiento que había sobre su expareja. Al hombre le han condenado a cuatro meses de prisión por quebrantar una orden de alejamiento al visitar el perfil de su expareja en la red social de videos TikTok. La decisión judicial se ha tomado tras un acuerdo de conformidad entre las partes involucradas.

Según la sentencia, el acusado visitó el perfil de su expareja el pasado 15 de julio desde su propia cuenta. La aplicación notifica automáticamente a los usuarios cuando alguien visita su perfil, lo que llevó a la mujer a descubrir la acción. A pesar de conocer las prohibiciones impuestas por una sentencia anterior del mismo juzgado, emitida el 2 de mayo de 2024, el hombre decidió visitar el perfil de la mujer.

La sentencia previa prohibía al hombre aproximarse a menos de 200 metros de la mujer, ya fuera en su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar donde ella se encontrara, durante un período de dos años. Además, se le había prohibido comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante el mismo tiempo. La nueva condena de cuatro meses de prisión por visitar el perfil de TikTok de su expareja añade una dimensión digital a las restricciones físicas y de comunicación previamente impuestas.

Una sentencia pionera

Fernando Cumbres, abogado de la acusación particular, ha destacado el carácter pionero de esta sentencia, ya que “abre la puerta al mundo digital” en lo que respecta a delitos de violencia de género. Según Cumbres, la visita al perfil de la red social constituye una forma de "comunicación indirecta" que fue conocida por la víctima, independientemente de que no hubiera habido una interacción directa. Esto sienta un precedente para considerar las acciones en redes sociales como una forma de quebrantamiento de órdenes de alejamiento.

Además de la condena de prisión, el hombre deberá abonar las costas del proceso judicial. La sentencia es el resultado de un acuerdo de conformidad entre las partes, lo que ha permitido una resolución más rápida del caso.

Este fallo subraya la importancia de las restricciones digitales en las órdenes de alejamiento y destaca la necesidad de adaptarse a las nuevas formas de comunicación en la era digital para proteger a las víctimas de violencia de género.

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