Tolerancia Cero contra la violencia de género

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PODRÁ ELUDIR LA PRISIÓN

Condenan a 21 meses de cárcel a un hombre que aisló socialmente y humilló durante 49 años a su mujer

El hombre no permitía que la mujer se relacionara con otras personas y llegó a romperle el móvil Además no le permitía que tuviera dinero y desde hace 20 años no le permitía comprarse ropa y le escondía la comida. El hombre podrá eludir la cárcel si no delinque durante tres años y se somete a un programa terapéutico sobre violencia de género.

El juzgado de lo Penal número 2 de Vigo ha condenado a 21 meses de cárcel a un hombre que durante 49 años de relación con su esposa la sometió a un estricto control, al punto de que la aisló socialmente y llegó a prohibirle que tuviera dinero o que se comprara ropa, además de vejarla y humillarla.

Tras llegar a un acuerdo de conformidad las partes, A.S.O., que podrá eludir la cárcel si durante tres años no delinque y se somete a un programa terapéutico sobre violencia de género, deberá indemnizar con 16.000 euros a M.L.I., a quien no se podrá acercar a menos de 500 metros durante un periodo de cuatro años y medio.

Según el escrito de Fiscalía, A.S.O. ejerció sobre M.L.I. un dominio y control sobre su vida y la aisló socialmente, ya que no le permitió relacionarse con otras personas y llegó a romperle el móvil que le compró uno de los cuatro hijos que ambos tienen en común.

Además, se dirigía a ella de forma habitual llamándola "puta rastrera" y la humillaba diciéndole que no arreglaba la tubería del gas a ver si reventaba la cocina con ella dentro, ni tampoco las escaleras por si se caía y se moría.

En los últimos cuatro años de convivencia ni siquiera le permitía que tuviese dinero y cuando ella se lo pedía, le respondía que se lo ganara prostituyéndose, señala el escrito de acusación. Además, A.S.O. no le comunicaba a M.L.I. las citas médicas y desde hace 20 años no le permitía comprarse ropa y le escondía la comida.

La Fiscalía pedía inicialmente para A.S.O. por los delitos de maltrato habitual en el ámbito de la violencia de género y uno leve de vejaciones, una pena de dos años y medio de prisión, una orden de alejamiento de 500 metros respecto a la víctima durante cuatro años y una indemnización de 12.000 euros por daño moral.

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