Tráfico
¡Cuidado! La DGT puede multarte por llevar las luces encendidas por el día
¿Conoces bien normativa? Sigue leyendo para descubrir cuál puede ser la multa por encender las luces cuando no son necesarias.
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"Los vehículos que circulen entre la puesta y la salida del sol deben llevar encendido el alumbrado que corresponda", indica la Ley de Seguridad Vial en su artículo 43. Esto lo tenemos claro. Lo que algunos no saben es que la normativa acerca del uso de las luces de los vehículos en carretera también establece las situaciones en las que no hay que llevarlas puestas.
Que un vehículo lleve puestas las luces de largo alcance o antiniebla cuando hay buenas condiciones meteorológicas puede influir de manera negativa en el resto de los usuarios de la vía. Por lo que, la Dirección General de Tráfico (DGT) establece esta acción como una infracción leve.
Esto quiere decir que, si vas circulando con los sistemas de alumbrado largo o antiniebla cuando las circunstancias no lo requieren, podrás enfrentarte a una multa de un máximo de 100 euros (50 euros si realizas el pago antes de los 20 primeros días naturales).
Entonces, ¿cuándo se deben llevar las luces?
La DGT recomienda que se utilicen siempre las luces de corto alcance. De hecho, los coches las llevan de forma obligatoria desde febrero de 2011, con base en una directiva de la Unión Europea. Se considera que esta iluminación permite mejorar la visibilidad sin causar deslumbramientos al resto de los usuarios de la vía.
En determinadas circunstancias, llevar estas luces cortas, también llamadas luces de cruce, es obligatorio aunque sea de día:
- Cuando se circula por el interior de túneles
- Cuando se circula por carriles reversibles, adicionales o habilitados para transitar en sentido contrario.
- Cuando se circula con niebla, nieve, o lluvias intensas.
- Siempre que se circule en motocicleta.
En estos casos, si no se encienden, la multa es de 200 euros.
¿Y si se funde?
Si las autoridades observan que llevas alguna luz fundida, podrían sancionarte con una multa de 200 euros. La multa será la misma para la luz de freno, la de los intermitentes, las luces de posición, las largas, las cortas o la luz de la matrícula.
Por lo tanto, se recomienda realizar revisiones periódicas de las luces del vehículo para prevenir posibles sanciones.
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