Comisiones Obreras (CCOO) ha informado de que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha declarado nulo por discriminación indirecta por razón de género el pacto salarial al que se llegó en un hotel en Tenerife, y por el cual perciben menor cuantía las mujeres.
El sindicato ha explicado que en la sentencia se estima que el colectivo laboral de departamentos de pisos del citado hotel, compuesto por un 92% de mujeres, es discriminado salarialmente a través del cobro de un plus de productividad de 139 euros mensuales, frente al colectivo laboral de camareros de sala, 85% de hombres, que cobran por el mismo concepto 640,67 euros.
En un comunicado Comisiones Obreras ha explicado que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha estimado parcialmente el recurso que la Federación de Servicios de CCOO presentó contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº5 de Santa Cruz de Tenerife sobre discriminación indirecta por razón de sexo.
El sindicato ha señalado que esta sentencia es un avance en la necesaria tarea de "ir desenmascarando" la multitud de casos que evidencian la existencia de una brecha salarial entre hombres y mujeres.
En el pacto se dispuso del "sistema reparto del porcentaje de servicios" de las antiguas ordenanzas laborales, siendo sustituidos por una pléyade de condiciones laborales, la mayoría mediante los llamados "pluses de productividad".
Así mismo, en dicho acuerdo se suelen recoger, bajo el concepto de ayuda social, financiación a los comités de empresa que CCOO eliminó en el actualmente vigente Convenio Sectorial de Hostelería de Tenerife, prefiriendo que esas cantidades se incorporaran al sueldo base del conjunto de trabajadoras y trabajadores de la provincia