Galicia

Un detective privado descubre que dos menores pasaban varias horas al dia encerrados en casa con las persianas bajadas

Un padre de Vigo contrató los servicios de vigilancia para tratar de demostrar que su exmujer abandonaba a los niños varias tardes a la semana cuando salía a trabajar.

Juzgados de Galicia

Juzgados de GaliciaAntena 3 Galicia

Publicidad

Ni la Audiencia de Pontevedra ni tampoco la Fiscalía ven delito de abandono de los niños. Era lo que este padre divorciado de Vigo trataba de demostrar contratando los servicios de un detective privado, pero la causa ha sido archivada por la justicia.

Alegaba este hombre que sus hijos, de 8 y 14 años, pasaban varias tardes a la semana solos en el domicilio materno “encerrados y sin vigilancia”. Explicando además que tenían las persianas bajadas y que así permanecían hasta pasadas las 23:00 horas cuando la madre llegaba de trabajar.

A este dato le ha dado relevancia la justicia. Dice el fiscal en su informe, y cita la sentencia de la Audiencia, que: “Una cuestión es lo que debería ser el cuidado o atención óptima de un menor y las recomendaciones para su adecuado desarrollo y bienestar y otra convertir el imperfecto cumplimiento de las mismas en un delito penal”. Vamos, que una cosa es que el proceder de esta madre fuera más o menos adecuado y otra distinta es que haya cometido un delito con su proceder. De hecho, cree la fiscalía que el caso de esa madre trabajadora: “reflejaba las necesidades de conciliación y de la complejidad de la vida actual, y de las que no puede inferirse una desatención intencionada hacia los menores y menos un abandono de los mismos en el sentido penal”.

De hecho, hay informes policiales también que confirman esta tesis. Informes en los que constan declaraciones de los vecinos y del colegio de los menores. De ellos no se deriva ningún indicio de criminalidad.

Una vigilancia muy corta

De este modo, el tribunal da la razón al Juzgado de Instrucción número 3 de Vigo que había acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa en junio del 2024. Ante esta resolución presentó alegación el padre, viendo “precipitado” el archivo teniendo en cuenta los informes del detective que contrató. De poco le ha servido en este nuevo proceso.

La justicia además ha tenido en cuenta en esta sentencia que la vigilancia que aporta el se hizo en un intervalo demasiado reducido de tiempo. El cese de convivencia de la pareja se produjo en diciembre del 2023 y el detective privado que contrató este hombre vigiló la casa tres o cuatro días en febrero y un día en marzo del 2024, por lo que: “No se puede concluir que la situación reflejada en la denuncia -que convenimos que puede no ser la recomendable u óptima- sea una situación ordinaria o habitual, y deliberadamente permitida”, concluyen los jueces.

Síguenos en nuestro canal de WhatsApp y no te pierdas la última hora y toda la actualidad de antena3noticias.com

Publicidad