DGT
La DGT comienza a multar con 80 euros por cometer la siguiente infracción
Las primeras multas de la DGT por circular por el carril izquierdo indebidamente ya son efectivas. Varios usuarios de las redes sociales han mostrado sus sanciones de 80 euros por cometer esta infracción.
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Se acabaron esas largas colas por las carreteras originadas por todos aquellos que circulan por la izquierda sin adelantar y originando retenciones. La Dirección General de Tráfico (DGT) se ha puesto firme y comienza a multar a todos aquellos que circulen indebidamente por el carril izquierdo.
La normativa recogida en el Reglamento General de Circulación es clara. Cuando se circula por una calzada en la que hay varios carriles por sentido, se ha de ir por la derecha todo lo que sea posible, ya que el resto de carriles a la izquierda son para adelantar, para tomar una salida en ese lado o para repartirse en caso exclusivamente de que haya gran densidad de tráfico.
Primeras multas por circular por la izquierda
La DGT se ha puesto seria y varios usuarios de las redes sociales han compartido las primeras multas por circular por el carril izquierdo de forma indebida. Según ha compartido la cuenta de Twitter SocialDrive, las primeras sanciones en llegar son de 80 euros, pero nadie sabe si las cuantías pudieran llegar a ser menores.
Esta decisión está claramente justificada por los propios datos de la DGT, que recogen que la utilización del carril derecho en vías de doble carril es del 60%. Este denominado 'síndrome del carril izquierdo' es cada día más habitual y provoca, entre otras consecuencias, retenciones y colisiones.
La circulación, por el carril derecho
El carril izquierdo es de uso prácticamente exclusivo para adelantamientos y también para tomar salidas o en caso de que hubiera tráfico denso. De esta manera, la circulación ha de realizarse por el derecho el mayor tiempo posible.
Otra de las consecuencias de la circulación indebida por el carril izquierdo es que se produzcan adelantamientos por el derecho, algo considerado como infracción grave según el artículo 82, capítulo VII, del Reglamento General de Circulación.
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Las primeras multas ya están aquí y todo apunta a que la circulación indebida por el carril izquierdo está cada vez más cerca de erradicarse.
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