DGT
La DGT reduce la tasa máxima de alcoholemia: podrías dar positivo con solo una cerveza
La tasa actual es de 0,25mg por aire espirado, pero a lo largo de este año se verá aún más reducida y se aplicarán nuevas multas.
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La Dirección General de Tráfico (DGT) ha decidido reducir aún más los límites de alcoholemia, lo que significa que ahora con tan solo una cerveza podrías dar positivo al volante. Esta medida, que afectará a todos los conductores, se implementará a lo largo de este 2025 y conllevará nuevas multas para quienes no respeten los límites establecidos.
Hasta ahora, la tasa de alcoholemia máxima permitida en España era de 0,25 mg por aire espirado o 0,5 g por litro de sangre. Sin embargo, tras la aprobación de una proposición del PSOE en el Congreso, la nueva tasa se reducirá aún más. Esto afectará tanto a conductores generales como a noveles y profesionales, quienes verán los límites aún más estrictos.
Los nuevos límites establecidos
- Conductores generales: la tasa pasará de 0,25 mg por aire espirado a 0,1 mg, y de 0,5 g por litro de sangre a 0,2 g.
- Conductores noveles y profesionales: el límite bajará de 0,15 mg a 0,1 mg por aire, y de 0,3 g a 0,2 g por litro de sangre.
Además, se establecerá una tasa de 0,0 para los conductores de cuadriciclos ligeros, así como para quienes circulen en bicicleta o patinete eléctrico en entornos urbanos.
Nuevas multas por superar los límites
La DGT también ha establecido un sistema de sanciones más severo según el nivel de alcoholemia detectado. Estas son las multas previstas:
- Entre 0,1 mg y 0,25 mg de aire o entre 0,1 g y 0,4 g de sangre: 200 euros (100 con pronto pago) y pérdida de 2 puntos.
- Entre 0,26 mg y 0,5 mg de aire o entre 0,5 g y 1 g de sangre: 500 euros (250 con pronto pago) y pérdida de 4 puntos.
- Más de 0,51 mg de aire o 1,01 g de sangre: 1.000 euros (500 con pronto pago) y pérdida de 6 puntos.
- Más de 0,6 mg de aire o 1,2 g de sangre: Penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses, trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y suspensión del permiso de conducir de 1 a 4 años.
- Negarse a realizar la prueba: Considerado delito, con penas de prisión de 6 meses a 1 año y la retirada del carnet de conducir de 1 a 4 años.
Críticas y comentarios
Pere Navarro, director de la DGT, ha comentado recientemente sobre esta nueva normativa, lo que ha generado cierto debate en las redes sociales. Aseguró que la nueva tasa "equivale a un 0,0 en la práctica" y que, al reducir tanto los límites, "no se permite beber nada de alcohol".
Aunque explicó que no se ha impuesto un límite de 0,0 por razones normativas, debido a posibles conflictos legales, su afirmación dejó claro que la DGT está tomando medidas drásticas para reducir los accidentes relacionados con el consumo de alcohol.
¿Cuándo entrará en vigor?
Aunque estos nuevos límites y sanciones fueron aprobados hace cuatro meses y se confirmó que entrarían en vigor en 2025, aún estamos esperando el anuncio oficial del Gobierno y la DGT sobre la fecha exacta en la que se aplicarán las nuevas normas.
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