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Coronavirus

El juez avala el confinamiento de Benigánim por la alta tasa de contagios de coronavirus

Además el confinamiento perimetral de la localidad, con las restricciones de entrada y salida salvo por motivos justificados, el juez establece una serie de medidas como la limitación del aforo en los espacios destinados a culto, la limitación de la asistencia a velatorios y la suspensión de la actividad educativa y formativa.

El juez considera que las medidas contempladas en la resolución para frenar el avance de los contagios de coronavirus en Benigánim "persiguen un fin legítimo, respetan el principio de proporcionalidad" y no consta la posibilidad de adoptar otras “menos gravosas o lesivas para la consecución del objetivo propuesto".

Segunda resolución

"Visto el alto nivel de contagios existente, en los términos señalados en los informes que obran acompañados a la solicitud que ha dado lugar a la formación de las presentes actuaciones, así como el incremento de aquéllos y la consabida rapidez de la propagación por el contagio que de por sí tiene la enfermedad del coronavirus, se considera prudente ratificar las medidas preventivas acordadas por la autoridad sanitaria", precisa el magistrado en su auto para evitar más contagios de coronavirus.

Sin embargo, el auto del juez para contener las infecciones de coronavirus distingue entre un grupo de medidas que requieren de ratificación judicial por afectar a derechos fundamentales y otras que la Administración puede adoptar directamente sin dicha ratificación porque tiene entidad para ello.

El primer grupo de medidas contra el coronavirus lo integran el confinamiento perimetral de la localidad, con las restricciones de entrada y salida salvo por motivos justificados, la limitación del aforo en los espacios destinados a culto, la limitación de la asistencia a velatorios, la suspensión de la actividad educativa y formativa o la limitación a un máximo de diez personas en reuniones familiares y sociales.

El segundo grupo de medidas para frenar el avance del coronavirus, cuya ratificación se deniega por innecesaria, comprende la suspensión de actividades en establecimientos y espacios y la suspensión de actividades y espectáculos deportivos con asistencia de público.