Topless

¿Está permitido hacer topless en las piscinas municipales?

El Defensor del Pueblo ha rechazado que puedan imponerse restricciones a la práctica en las piscinas municipales.

Piscinas Municipales

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La posibilidad de hacer topless en las piscinas municipales genera bastante debate en verano año tras año. Hay muchas mujeres que prefieren no dejar sus pechos al aire cuando toman el sol por preservar su intimidad y evitar que puedan ser incluso fotografiadas. En cambio, a otras no les importa en absoluto, pero pueden ser multadas por hacer topless en algunos sitios. Antena 3 Noticias ha contactado con Rubén Cobo, abogado penalista, para hacer hincapié en lo que dice la ley al respecto. ¿Está permitida o no la práctica?

Tal y como explica el experto, "no hay norma específica" que regule el topless en las piscinas municipales. Cada Comunidad Autónoma es competente de evaluar si se trata o no de un derecho. "Por tanto, debemos entender que si no existe norma que lo prohíba, está permitido", apunta.

Eso sí, la jurisprudencia considera que es una práctica legítima siempre y cuando "se lleve al menos ropa de baño que tape sus genitales". Hay ayuntamientos que ya han regulado específicamente el derecho al topless como el de Córdoba, Sevilla, Zaragoza, A Coruña, Valencia, Cádiz o Bilbao, entre otros.

El Defensor del Pueblo rechaza que se restrinja el topless en las piscinas de La Rioja

Hace un mes, el Defensor del Pueblo rechazó restringir el derecho al topless de las mujeres en una piscina municipal de La Rioja. La resolución llegó después de la queja presentada por una mujer que fue obligada a llevar la parte de arriba del bikini en la zona de baño de un centro deportivo ubicado en la localidad de Lardero. El reglamento del mismo establecía que los usuarios tienen que "utilizar la ropa deportiva adecuada en el desarrollo de la actividad en la utilización de las instalaciones".

Poco después de que el Defensor anunciase su decisión de rechazar cualquier prohibición al topless, el consistorio de Lardero propuso modificar el reglamento para decretar que el traje de baño puede ser de una o dos pieza y que está permitido "realizar toples en la zona verde, pero no en la zona de baño y en la zona de bar/comedor, que es obligatorio estar con el torso cubierto". Ahora bien, ¿pueden imponerse sanciones por hacer topless?

Se pueden poner sanciones por hacer topless en las piscinas municipales

El experto asegura que se puede sancionar el topless en las piscinas municipales, aunque para ello será necesario "diferenciar de si se trata de piscinas municipales o pertenecientes a una comunidad de propietarios". En el primer caso, la Comunidad Autónoma o el ayuntamiento puede imponer sanciones en caso de incumplimiento "al prever expresamente, pero de manera muy difusa, la obligación de usar ropa de baño excepto en las zonas nudistas por medio de una normativa reglamentaria". Es el caso de varias piscinas de la Comunidad de Madrid, aunque por el contrario encontramos el ejemplo de Cataluña donde está "expresamente permitido el uso del topless desde el año 2023". Las sanciones para quienes lo impidan van desde los 300 euros hasta los 500.000.

Si estamos hablando de una comunidad de propietarios privada, la competencia de regulación dependerá del "voto de la mayoría simple integradora de dicha comunidad, por medio de la cobertura legal que a tal efecto se deduce del artículo 5 de la Ley de Propiedad Horizontal". En caso de incumplimiento, a los tribunales les corresponderá cuál será la sanción que reciba "sin perjuicio del derecho a instar la nulidad del acuerdo adoptado por la comunidad de propietarios.

¿Y qué actividades puedo hacer en las piscinas municipales? ¿Hay alguna prohibida?

Las normativas municipales decidirán si podemos sacar el bocadillo, poner música o tomar bebidas alcohólicas, entre otros actos, en las piscinas municipales. Normalmente, según explica Rubén Cobo, "está ampliamente regulado". Si hay algún reglamento que especifique qué podemos hacer y qué no en estos espacios, deberá imperar en todo caso "el sentido común que constituye la base rectora de toda legislación o normativa".

Rubén Cobo concluye que "el respeto recíproco debería ser no solo el punto de partida, sino incluso la solución en una sociedad innecesariamente hipernormativizada como la nuestra".

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