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Ingreso mínimo vital

Estas son las novedades en el ingreso mínimo vital: quién se beneficia y cómo solicitarlo

José Luis Escrivá, a cargo del ministerio de Inclusión, ha anunciado nuevas novedades en el ingreso mínimo vital, entre ellas está la flexibilización del concepto de unidad de convivencia que permitirá que más personas que se encuentre en situación de vulnerabilidad accedan a esta ayuda.

José Luis- Escrivá, ministro de inclusión, ha anunciado que se han aprobado nuevas medidas referidas al Ingreso mínimo vital que mejorarán su efectividad. También el ministro ha asegurado que este ingreso mínimo vital está en continua actualización para hacer que llegue a las personas más vulnerables.

Entre las medidas que se han aprobado este martes en el Consejo de Ministro está: la flexibilización del concepto de unidad de convivencia en el ingreso mínimo vital para facilitar que mayor número de hogares vulnerables accedan a esta prestación.

La problemática viene porque se han detectado que alrededor de 60.000 personas que han solicitado el Ingreso Mínimo Vital no se le ha concedido porque han incumplido la acreditación de la unidad de convivencia. Por lo tanto se quiere flexibilizar este punto, para que las personas que lo soliciten puedan obtenerlo.

Se facilita el acceso al IMV

La medida aprobada este martes y presentada por Escrivá detalla que:

  • Las personas que residan en centros residenciales de carácter no permanente, como pueden ser los albergues o casas de acogida, puedan solicitar ese ingreso mínimo vital.
  • También podrán acceder aquellas personas que como resultado de un divorcio o desahucio se vean obligadas a vivir en casa de un familiar. Antes a estas personas se le denegaba el acceso al ingreso mínimo vital pero ahora ha cambiado la medida y sí podrán acceder.
  • También accederán las personas que se encuentren en situaciones excepcionales, en las que existe una unidad de convivencia difícil de acreditar. Se ha establecido como carácter temporal que durante cinco años, podrán intervenir los servicios sociales y entidades colaboradoras para certificar las siguientes circunstancias: residencia en España de personas sin hogar, el domicilio real de la persona que alegue no vivir en el domicilio que consta en el empadronamiento. La acreditación de ausencia de vínculos entre las personas que residan en un mismo domicilio.

Las acreditaciones van a permitir que se presenten bien el momento de solicitar el ingreso mínimo vital o que la seguridad social se dirija a las personas para que le acrediten su situación y puedan presentarse formalmente y acceder a la ayuda económica del ingreso mínimo vital, explicaba el ministro Escrivá.

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