Abuso a menores

Publicidad

TENDRÁ QUE PAGAR 5.350 EUROS

La Generalitat deberá indemnizar a un niño que sufrió una agresión sexual por no controlar a su agresor, un violador reincidente

El condenado por agredir sexualmente al niño de 10 años era un violador reincidente que había sido condenado ya en nueve ocasiones por delitos de esta índole. Tenía una pulsera de geolocalización cuyo control dependía de la Generalitat y que estaba sin batería en el momento de la agresión.

La Audiencia de Barcelona ha condenado a ocho años de prisión a Jaime Riera por agredir sexualmente a un menor de 10 años cuando llevaba una pulsera con localización GPS, que se encontraba sin batería, y cuyo control dependía de la Generalitat, que ahora deberá indemnizar al menor con 5.350 euros.

En la sentencia, la sección décima de la Audiencia de Barcelona ha condenado a la Generalitat como responsable civil subsidiaria a indemnizar a la familia del menor con 350 euros por las lesiones sufridas y con 5.000 euros por el daño moral causado.

La Generalitat colocó una pulsera con localización a Riera por su peligrosidad, ya que había sido condenado nueve veces por cometer delitos sexuales y, pese a ello, hubo más de quince días en los que el aparato no tenía cobertura, ya que no emitía señales de localización, ante lo que "ningún funcionario, persona u organismo" de los Servicios Penitenciarios emitió ningún informe ni acordó "lo pertinente" para resolver la ausencia de control, según el fallo.

El tribunal concluye que carece de "lógica y racionalidad" que se encomiende al propio penado la función de tener la batería de la pulsera de localización siempre cargada, "pero carece todavía de menos lógica y racionalidad no prever que si aquél lo incumple, el organismo no adopte el mismo día los mecanismos necesarios para poder restablecer la conexión". Según fuentes cercanas a la conselleria de Justicia, este dispositivo de localización no es una medida habitual, ya que tan solo dos personas han llevado una pulsera de estas características, una de ellas el propio Riera.

Los organismos encargados de su control son el Servicio de Medidas Penales Alternativas y el Servicio de Medio Abierto de la Dirección General de Servicios Penitenciarios y la sentencia ha concluido que ambos entes no ejercieron de forma "efectiva" y "eficaz" las medidas de control para el seguimiento y localización del condenado. En primer lugar, porque se encomendó a Riera la función de cargar la batería y, si el dispositivo se vaciaba, dejaba de emitir la señal de localización, como ocurrió en febrero de 2016, el día que agredió al menor.

El otro hecho, que el tribunal recrimina a la Generalitat es el poco control y seguimiento que se hizo de la localización de Riera, puesto que no hubo ninguna intervención cuando el dispositivo de localización se quedó sin batería. Los hechos por los que se ha condenado al acusado ocurrieron en febrero de 2016, cuando el menor, que en aquel momento tenía diez años, salió solo de su casa, en el barrio de Sarrià de Barcelona, para comprar el periódico. Cuando la víctima volvía a su domicilio, Riera le dio conversación, le siguió hasta su portal y entró tras él diciendo que un amigo suyo residía allí.

Mientras ambos subían por las escaleras, el condenado arrinconó a la víctima y le hizo unos tocamientos, tras lo que el menor logró huir hasta su piso. Riera escapó del lugar pero, gracias a las cámaras de vigilancia de la zona, el menor logró identificar a su agresor y un mes más tarde fue detenido. En el momento de los hechos, Riera, que presentó informes en los que se le determina un retraso mental, se encontraba en libertad vigilada después de cumplir una pena de cinco años de prisión por abuso sexual a menores.

A pesar de ello, en el juicio celebrado el pasado 7 de febrero, el médico forense que examinó su estado mental concluyó que Riera era consciente de que cometía un hecho ilícito y el tribunal ha fallado en el mismo sentido, por lo que considera que el acusado podría haber evitado la comisión del delito.

En el juicio también testificó la funcionaria encargada de instalar la pulsera y de controlar los movimientos de Riera, quien afirmó que ella tan solo elaboraba un informe semanal, con todos los movimientos del acusado, que enviaba al departamento de Medidas Penales Alternativas y que desconocía quién se encargaba de dar la alarma en caso de que el dispositivo no diera señal porque se encontraba desconectado.

Publicidad