Guía fase 2 de la desescalada

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Coronavirus

La guía completa de la fase 2 de la desescalada del coronavirus

Las islas de Formentera, La Graciosa, El Hierro y La Gomera pasan a la fase 2 del plan de desescalada del coronavirus el 18 de mayo. En esta nueva fase se incluyen menos restricciones para llegar hasta esa 'nueva normalidad'.

En resumen
  • Las personas de hasta 70 años podrán realizar la actividad física no profesional
  • El aforo máximo de los lugares de culto pasa de un tercio a un 50%
  • Las piscinas recreativas se podrán abrir al público con cita previa

Este lunes algunas zonas de España entran en la fase 2 de la desescalada del coronavirus. En esa fase se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia en grupos de máximo 15 personas, entre las que no se contabilizan las personas convivientes, siempre manteniendo la distancia social o medidas de protección.

Las personas de hasta 70 años podrán realizar la actividad física no profesional en cualquier franja horaria a excepción de la comprendida entre las 10.00 y las 12.00 horas y entre las 19.00 y las 20.00 horas, que queda reservada a los mayores de 70 años.

Las comunidades autónomas y ciudades autónomas podrán acordar que en su ámbito territorial estas franjas horarias comiencen hasta dos horas antes y terminen hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de las mismas. Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo de 25 personas en espacios al aire libre o quince personas en espacios cerrados, sean o no convivientes. Los entierros y cremaciones se restringen a un máximo de 25 personas, entre familiares y allegados.

El aforo máximo de los lugares de culto pasa de un tercio a un 50%. Las ceremonias nupciales y otras celebraciones religiosas podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, con un aforo del 50% y sin superar las cien personas en espacios al aire libre o las cincuenta personas en espacios cerrados.

Piscinas y playas

Las piscinas recreativas se podrán abrir al público con cita previa, un aforo máximo del 30% o el que permita cumplir con la distancia de seguridad. Se organizarán, además, horarios por turnos. La limpieza debe llevarse a cabo al menos tres veces al día y no se podrá hacer uso de las duchas de los vestuarios ni de las fuentes de agua. En las playas, los bañistas deberán hacer un uso responsable cumpliendo con las recomendaciones y normas establecidas por las autoridades sanitarias. Se permite la práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo, siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico.

Hostelería

Podrán reabrir al público loshosteleriade hostelería y restauración para consumo en el local, salvo las discotecas y bares de ocio nocturno, siempre que no superen el 40% de su aforo. El consumo dentro del local únicamente podrá realizarse sentado en mesa o reagrupaciones de mesas y, preferentemente, mediante reserva previa. No se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente.

El servicio en las terrazas al aire libre se mantiene conforme a la orden de aplicación de la fase 1. En todos los casos manteniendo la distancia mínima de dos metros. La orden recoge, además, la reapertura al público de las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turístico siempre que no se supere un tercio de su aforo. En cuanto a las actividades de turismo activo y de naturaleza se podrán realizar para grupos de hasta veinte personas.

Residencias

Por otra parte, las comunidades autónomas y las ciudades autónomas podrán permitir en su ámbito territorial la realización de visitas a los residentes de viviendas tuteladas, centros residenciales de personas con discapacidad y centros residenciales de personas mayores. En el caso de las residencias de personas mayores, estas visitas se realizarán preferentemente en supuestos excepcionales, como el final de la vida o el alivio de descompensación neurocognitiva del residente. Estas visitas no se podrán realizar en los centros en los que haya casos confirmados de Covid-19, o en los que algún residente se encuentre en período de cuarentena.

Deporte profesional

Los deportistas integrados en clubes participantes en ligas no profesionales podrán realizar entrenamientos de carácter básico, de manera individual y cumpliendo con las correspondientes medidas de prevención e higiene, desarrollado en los centros de entrenamiento de que dispongan los clubes o en otro tipo de instalaciones que se encuentren abiertas al público.

Los clubes deportivos profesionales o Sociedades Anónimas Deportivas podrán desarrollar entrenamientos de carácter total cumpliendo con las correspondientes medidas de prevención e higiene con hasta un máximo de 14 personas. Las tareas de entrenamiento se desarrollarán siempre que sea posible por turnos, evitando superar el 50% de la capacidad de la instalación para los deportistas. No podrán asistir medios de comunicación.

La competición de las ligas profesionales se reanudará sin público y a puerta cerrada, siempre y cuando la evolución de la situación sanitaria lo permita. Los medios de comunicación podrán acceder para la retransmisión de la competición. Se podrán reabrir las instalaciones deportivas cubiertas.