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en 1997
Incapacitan laboralmente a una mujer por las secuelas que le dejó una violación
La sentencia admite que la víctima padece estrés postraumático crónico y un trastorno de ansiedad que le impide trabajar en lugares aislados. La mujer fue violada en 1997 por un ex convicto que llevaba pocos meses en la calle después de cometer un crimen doble. Aunque la petición fue desestimada en un primer momento por la Seguridad Social, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la sentencia favorable del Juzgado de lo Social de Zamora.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha concedido la incapacidad laboral permanente a la víctima de una violación por las secuelas psíquicas y psicológicas que le ha dejado la agresión sexual sufrida hace más de dos décadas por Manuel Martínez 'El Quintas'. El fallo judicial del TSJ de Castilla y León, confirma una sentencia anterior del Juzgado de lo Social de Zamora y admite que la víctima padece estrés postraumático crónico y un trastorno de ansiedad que le limita para trabajar en lugares aislados o en contacto con desconocidos en soledad.
'El Quintas' violó a la mujer en 1997, meses después de que saliera de prisión por un doble crimen, hecho que conocía la víctima, a la que amenazó con un arma en una zona ribereña del Duero alejada de la ciudad y la violó durante tres horas. Por los hechos, 'El Quintas' fue condenado por tres delitos de violación y uno de detención ilegal a 27 años de cárcel, aunque en 2017, al haber cumplido veinte años de cárcel, salió de prisión con la prohibición de regresar a Zamora.
La mujer se sometió durante dos décadas a tratamiento psicológico y psiquiátrico hasta que hace dos años reclamó la incapacidad permanente, ya que la salida de prisión de 'El Quintas' acentuó su sintomatología postraumática y le provocó "ansiedad generalizada, hipervigilancia, evitación, escape y sintomatología vegetativa".
La petición fue desestimada inicialmente por la Seguridad Social, por lo que elevó el caso a la vía judicial y obtuvo una primera respuesta favorable del Juzgado de lo Social de Zamora que ahora ha ratificado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en una sentencia que ya es firme al no haberse recurrido en casación.
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